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    Auto Supremo AS/0584/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0584/2019-RA

    Fecha: 12-Ago-2019

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    • Por memoriales presentados el 5, 11 y 15 de abril de 2019, cursantes de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Por diligencias de 1, 4 y 8 de abril de 2019 (fs
    • De los memoriales de casación, se extraen los siguientes motivos
    • Reclama que el Auto de Vista impugnado no consideró el Auto Supremo 507 de 11
    • Denuncia que la Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados, defecto previsto por
    • Manifiesta el recurrente que el Auto de Vista impugnado sin fundamentación le agravó la pena;
    • Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 111 de 31 de enero de 2007, 166
    • Como primer agravio manifiesta, que denunció en apelación la “nulidad absoluta por concurrencia de defectos
    • El art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • En el caso de autos se advierte que los recurrentes Fidel Cuentas Romero y Milton
    • IV.1. Del recurso de casación de Fidel Cuentas Romero
    • Al respecto, el recurrente invocó los Autos Supremos 647/2017-RA de 28 de agosto, 236/2007 de
    • Por otra parte, el recurrente denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, defensa
    • Por los fundamentos expuestos, se establece que el presente motivo de casación no cumple con
    • En el tercer motivo, el recurrente que reclama que la Sentencia se basó en hechos
    • De los argumentos expuestos, el recurrente no refiere cuál el agravio sufrido con la emisión
    • Finalmente, en relación al cuarto motivo, en el que refiere que el Auto de Vista
    • IV.2. Del recurso de casación de Milton Víctor Canaviri Rocha
    • Al respecto, invocó los Autos Supremos 111 de 31 de enero de 2007, 166 de
    • En cuanto a la cita de las Sentencias Constitucionales 1468/2004-R de 14 de septiembre y
    • Por los argumentos expuestos, se tiene que el recurso sujeto a análisis, no cumplió con
    • IV.3. Del recurso de casación de Damaso Quispe Rodríguez
    • En el primer motivo, cuestiona que el Auto de Vista impugnado no reparó su denuncia
    • De los argumentos expuestos, establece que la denuncia deviene de una cuestión incidental, respecto al
    • En el segundo motivo, el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado no reparó
    • Al respecto, invocó el Auto Supremo 418 de 10 de octubre de 2006, que establecería
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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