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    Auto Supremo AS/0610/2019-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0610/2019-RRC

    Fecha: 20-Ago-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 26 de octubre de 2018, de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, la víctima Dayana Varanis de Carbalho, de forma oral anunció su
    • I.1.1. Motivos del recurso de casación
    • Acusa el recurrente la vulneración a su derecho al debido proceso y seguridad jurídica, ante
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 141/2019-RA de 12 de marzo, cursante de fs
    • A través de memorial de fs
    • II.2 De la Sentencia
    • La denunciante manifestó que asistió a una fiesta en inmediaciones de la Av
    • Se ha comprobado el hecho y la participación del imputado en el delito atribuido, además
    • La denunciante interpone el recurso de apelación restringida de forma oral en la misma audiencia
    • Si bien se ha llegado a un acuerdo entre partes para la imposición de una
    • El imputado no ha mostrado ni un ápice de arrepentimiento por su conducta antijurídica, por
    • La aceptación del procedimiento abreviado no ha permitido una valoración efectiva del delito atribuido, coartando
    • Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos
    • III.1. Sobre el recurso de apelación restringida
    • Por otra parte, si bien es cierto, que el recurrente tiene derecho de ofrecer prueba
    • En ese ámbito, la jurisprudencia ha determinado criterios en cuanto a los requisitos de forma
    • En cuyo caso, si transcurridos los tres días, el recurrente no subsana el recurso conforme
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • El recurrente acusa al Tribunal de apelación, emitir el Auto de Vista impugnado sin cumplir
    • Ahora bien, del análisis de los actuados procesales de manera clara y evidente se advierte
    • Ahora bien, de la simple lectura de las normas señaladas, el art
    • Siendo así, claramente la normativa procesal -al igual que la amplia jurisprudencia constitucional y ordinaria-,
    • Como consideración final, este Tribunal deja en claro manifiesto que por razones de seguridad jurídica,
    • Por consiguiente, ante los fundamentos expuestos precedente y evidenciada la denuncia traída en casación, en
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.

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