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    Auto Supremo AS/0751/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0751/2019

    Fecha: 02-Ago-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Expediente: LP-50-17-A
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • Contra el referido Auto Rosario Hernández Aliaga, interpuso recurso de apelación cursante de fs
    • En relación a que se debió plantear la declinatoria o inhibitoria, la falta de firma
    • Sobre la excepción de cosa juzgada en la causa señala que conforme lo establecido por
    • Contra el Auto de Vista el Banco Central de Bolivia BCB, representado legalmente por Jorge
    • En ese entendido con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la resolución
    • CONSIDERANDO II
    • 2
    • 3
    • 1
    • Por lo que solicita se case el Auto Supremo y se declare probada a excepción
    • De la respuesta al recurso de casación
    • Alega que el recurso de casación no tiene una coherencia jurídica, ni señala el elemento
    • Refiere que debe realizarse una compulsa de los fundamentos legales y jurídicos señalados por el
    • Manifiesta que con relación a la cosa juzgada de la lectura de la demanda se
    • Indica que la demanda de nulidad planteada fue acogida y respaldada en la Sentencia Constitucional
    • Manifiesta que el recurrente desconoce la finalidad del proceso ordinario de nulidad, mismo que no
    • Por lo que solicita se declare infundado el recurso de casación
    • Así también manifestó que a dicho Tribunal de garantías no le corresponde pronunciarse sobre
    • CONSIDERANDO III
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
    • La jurisprudencia constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • En este entendido, se orientó a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando al
    • III.2. De la motivación y fundamentación
    • Con respecto a la exigencia de la motivación y fundamentación de las resoluciones como elemento
    • Esos entendimientos fueron adoptados también en otros fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional
    • III.3. Respecto a la excepción de cosa juzgada
    • En el Auto Supremo Nº 340/2012 de 21 de septiembre, este Tribunal razonó lo
    • Al respecto, Rafael Martínez Sarmiento identifica tres identidades clásicas que son: Idem corpus, que es
    • De la misma forma hace Hugo Alsina, que identifica tres elementos importantes para la procedencia
    • Razonamiento reiterado en el Auto Supremo Nº 453/2014 de 21 de agosto, donde además señaló:
    • En el caso en cuestión, contrastando la doctrina con los hechos expuestos y los antecedentes
    • Expuestos como están los fundamentos doctrinales que sustentan la presente resolución, a continuación, corresponde dar
    • Al respecto debemos señalar que de la revisión del Auto de Vista emitido por el
    • A respecto y conforme se evidencia de la revisión del Auto de Vista, se tiene
    • En ese entendido de la revisión del Auto de Vista recurrido en casación en contrastación
    • ?Por otro lado la apelante en su recurso de apelación señaló que no existe análisis
    • ?Por último, en apelación se acusó respecto a que la resolución no cuenta con la
    • ?Asimismo el Tribunal de alzada en cumplimiento al Auto Supremo N° 1001/2016 de 24
    • En ese entendido, el resumen realizado del recurso de apelación en contrastación con el Auto
    • Al respecto tenemos a bien indicar que conforme lo manifestado en la doctrina establecida en
    • En ese entendido de la revisión del Auto de Vista cursante en obrados se tiene
    • Al respecto en mérito a lo señalado y con la finalidad de dar respuesta al
    • Así también debemos señalar que de la revisión del Auto de Vista recurrido en casación,
    • En ese entendido y con la finalidad de dar cumplimiento a la resolución emitida por
    • En ese entendido habiendo detallado cada una de las demandas corresponde analizar si en el
    • En cuanto al elemento causa podemos deducir que en la anterior demanda la causa fue
    • Así también en relación al objeto del proceso que resulta ser la pretensión se tiene
    • Del análisis prolijo precedentemente afectado dando cumplimiento a la Resolución N° 010/2019 emitida por
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizu.

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