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    Auto Supremo AS/0936/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0936/2019

    Fecha: 17-Sep-2019

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Partes: Alberto Fernández Sánchez y Eulogio Fernández Torres c/ Ana María Torres
    • Proceso: División y partición de bien inmueble
    • Distrito: Cochabamba
    • 1
    • Bajo esos antecedentes, y tramitada la causa, el Juez Público Civil-Comercial y de Sentencia de
    • 2
    • 3
    • Del examen de los fundamentos cursantes en el memorial de fs
    • Por lo expuesto solicita se case el Auto de Vista recurrido y consecuentemente se declare
    • De la respuesta al recurso de casación
    • De la revisión de obrados se advierte que, pese a que los demandantes fueron notificados
    • En razón a dichos antecedentes diremos que
    • III
    • Con referencia a este punto, resulta pertinente citar el Auto Supremo Nº 508/2014 de 08
    • Según afirma Couture, en el ámbito del Derecho Procesal, agravio es el perjuicio o gravamen,
    • Definitivamente, la recurribilidad de las resoluciones judiciales está en función del agravio que cause la
    • Por su parte Enrique Lino Palacio en su Obra “Derecho Procesal Civil”, Tomo V, numeral
    • En otra parte de su misma Obra, numeral 546 página 85, precisando aún más sobre
    • Por su parte, Vicente Gimeno Sendra en su obra “Derecho Procesal Civil, El Proceso de
    • III.2. De la nulidad procesal, su trascendencia y relevancia constitucional
    • CONSIDERANDO IV
    • Ante dicha acusación, y conforme a la revisión de los actuados procesales, se advierte que
    • Con la finalidad de acreditar los extremos alegados en su memorial de oposición a la
    • Sin embargo, una vez dictada la sentencia de primera instancia de fecha 8 de abril
    • De estas precisiones se colige que la supuesta incapacidad de obrar del co demandante Eulogio
    • Sin embargo, al margen de lo expuesto corresponde elucidar a la parte recurrente, que las
    • En base a lo expuesto, en el caso de autos se advierte que la demandada
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu

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