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    Auto Supremo AS/0028/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0028/2020-RA

    Fecha: 09-Ene-2020

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    • Por memorial presentado el 22 de octubre de 2019, de fs
    • El 15 de octubre de 2019, como informa diligencia sentada a fs
    • El recurrente considera que el escrito de apelación restringida promovido por la parte contraria, no
    • Expresa además que, los fundamentos de la absolución tuvieron que ver con la no demostración
    • Manifiesta que, en transgresión al art
    • Sugiere que las consideraciones vertidas en torno al delito de Propalación de Ofensas, en sentido
    • Agrega que el Tribunal de apelación descontextualizó el argumento de la Sentencia con la cita
    • En lo demás alega que, las contradicciones entre las partes considerativa y resolutiva en la
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
    • En el caso en examen, se establece que el recurrente cumplió con el requisito relativo
    • En relación a los demás requisitos de admisibilidad, de manera previa la Sala considera necesario
    • Las previsiones procesales que para el recurso de casación exigen los arts
    • Si bien, a lo largo de recurso son citados los AASS 550/2016-RRC de 15 de
    • Tampoco son vistos argumentos por los que el recurrente promueva una apertura extraordinaria de instancia,
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • FDO
    • Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

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