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    Auto Supremo AS/0054/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0054/2020

    Fecha: 21-Ene-2020

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    • Proceso: Reivindicación
    • Juana Chinche de Ajhuacho, se apersona y plantea excepción previa de demanda defectuosa, contesta negativamente
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    • CONSIDERANDO III
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, principio
    • El Tribunal Supremo de Justicia, a través de los Autos Supremos Nº 651/2014 y Nº
    • De igual manera, la SC Nº 0486/2010-R de 5 de julio, precisó lo siguiente: "El
    • A través del Auto Supremo Nº 304/2016, que a su vez cita el Auto Supremo
    • 2.Sobre el principio dispositivo
    • El principio dispositivo es reconocido por la doctrina como un principio básico e informador del
    • En ese sentido, puede decirse que el principio dispositivo está integrado esencialmente por los siguientes
    • Dicho de otra manera, el contenido del principio dispositivo reconoce a las partes el derecho
    • CONSIDERANDO IV
    • Por otra parte, acusa al Ad quem de haber tenido en cuenta solo una fase
    • Entonces, la recurrente, en el transcurso del proceso en primera instancia, nunca planteó el pago
    • En conclusión, invocando la doctrina aplicable sobre la congruencia en las resoluciones, la congruencia externa,
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regular honorario para el profesional abogado que contesto el recurso en la suma de
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu.

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