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    Auto Supremo AS/0406/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0406/2020

    Fecha: 02-Oct-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • PROBADA la demanda principal de fs
    • “… En atención a los presupuestos de la demanda de acción reivindicatoria, dado que la
    • A fs
    • El vendedor adquirió el derecho propietario sobre el inmueble que luego transfiere a la señora
    • Asimismo, a fs
    • En ese sentido la Junta Vecinal Chaco Centro fs
    • Resolución que puesta en conocimiento de partes es recurrida de casación por los demandados mismos
    • Del recurso de casación interpuesto por Alejandro Chipana Muñoz y Felisa Primitiva Quispe de Chipana
    • 2
    • 3
    • 4
    • Solicita se emita Auto Supremo Anulando Auto de Vista
    • Los agravios deberían constituir un acto de impugnación al Auto de Vista recurrido, sin embargo,
    • El objeto de Litis habría sido adquirido por su vendedor mediante venta perfecta a través
    • Que los recurrentes solo indicarían que la demandante no se halla en posesión, situación que
    • CONSIDERANDO III
    • Razón por la que este Tribunal de Casación a través de sus diversos fallos ha
    • En este antecedente se ha orientado a través del Auto Supremo N° 122/2012 de 17
    • Ahora bien cuando el demandado de reivindicación resista esa pretensión alegando ser el propietario de
    • En cambio, si la resistencia del demandado de reivindicación se reduce a la situación de
    • Entablada la acción reivindicatoria podrá entonces presentar los siguientes supuestos: a) El actor presenta título
    • Para el caso que se resuelve, nos interesa analizar el segundo supuesto, es decir aquel
    • Por otra parte, se debe también hacer mención a que el art
    • La línea jurisprudencial asumida por este Tribunal, ha orientado en el Auto Supremo Nº 588/2014
    • José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil comentarios y concordancia señala que: “…producida la prueba,
    • Al efecto se puede citar el AS Nº414/2014 de fecha 04 de agosto 2014, que
    • Deducimos entonces que, la reivindicación es claramente la acción judicial que puede ejercer el propietario
    • Del recurso de casación interpuesto por los recurrentes se tiene los siguientes reclamos
    • Al respecto de los reclamos citados en el punto 1, de la revisión de obrados
    • Del acta de inspección judicial cursante a fs
    • En relación al tópico 3, la Matrícula N° 7
    • Y la Matricula N° 7
    • Ahora bien, de revisión de obrados y contrastación de las literales a fs
    • Al respecto de la existencia de dos folios o matriculas se tiene que la matricula
    • Siendo el proceso ejecutivo, el remate y la adjudicación a Marco Antonio Salinas Rivero, y
    • a) En cuanto al actor, la legitimación activa, éste debe ser propietario del bien y
    • Asimismo debemos destacar lo referido en la doctrina aplicable citada en el punto III
    • Para hablar de una función compleja que requiera declaración de mejor derecho de propiedad debe
    • La demandante acreditó la titularidad con prueba documental consistente en Escritura Pública de transferencia de
    • La inspección judicial, demostró la existencia de la identidad y singularización de la cosa que
    • De la prueba documental, inspección judicial concurren los requisitos establecidos para la acción de reivindicación,
    • En consecuencia, corresponde resolver, el recurso de acuerdo a las previsiones contenidas en el art
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
    • Se regula honorarios para el abogado que contesto el recurso en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Dr. Juan Carlos Berrios Albizu

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