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    Auto Supremo AS/0509/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0509/2020

    Fecha: 11-Nov-2020

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    • Proceso: Nulidad parcial de documento de transferencia y posterior reconocimiento de derecho propietario
    • CONSIDERANDO I
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    • CONSIDERANDO II
    • De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
    • De la respuesta al recurso de casación
    • La demandada Paola Jannet Aceituno Urquizu, por memorial cursante de fs
    • III.1. De la causa y el motivo ilícitos
    • Respecto a la causa y el motivo ilícitos, el Auto Supremo N° 512/2012 de 14
    • La causa es lícita cuando es conforme al orden público o las buenas costumbres y
    • Si el contrato es ilícito por ilicitud de causa, forzosamente es ilícito para ambos contratantes,
    • En cuanto al motivo ilícito, el Auto Supremo Nº 311/2013 de 17 de junio, estableció
    • Asimismo, diremos que el objeto del contrato, se encuentra constituido por el conjunto de las
    • III.2. De la valoración de la prueba
    • La  doctrina y la jurisprudencia, han establecido que la valoración de la prueba en general
    • También el Auto Supremo Nº 977/2019 de 25 de septiembre respecto a la valoración de
    • Lo cuestionado en el recurso de casación sobre la valoración de las pruebas adjuntadas en
    • Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica,
    • El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
    • Principios que rigen en materia civil, y orientan a los juzgadores en la labor valorativa
    • III.3. De la fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales
    • El Tribunal Constitucional Plurinacional ha glosado amplia jurisprudencia en torno a la fundamentación y motivación
    • Es pertinente señalar, que toda persona que acude ante la jurisdicción ordinaria para demandar según
    • Solo así los sujetos procesales que recurren ante la autoridad judicial tendrán plena convicción de
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    • Porque en el caso de autos la falencia de motivación y fundamentación resulta evidente, pues
    • Con relación a sus reclamos, no se observa con precisión la cita de pruebas que
    • De lo cual se observa que la fundamentación y motivación reclamada es inviable puesto que
    • De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
    • Con carácter previo, en cuanto a la valoración de la prueba se tiene que conforme
    • El reclamo en lo principal está enfocado a que la resolución de alzada no habría
    • En ese tópico se tiene también que, si bien argumentó en su reclamo que la
    • Concluyendo que los reclamos del recurrente son genéricos, pretendiendo obtener una nulidad que es intrascendente,
    • En tanto que la parte recurrente omitió en el proceso probar lo pretendido y principalmente
    • De lo cual, se concluye que el recurrente arguye situaciones formales, resultando ser vanos los
    • Se tiene que la misma es conforme a los lineamientos de la resolución
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con
    • Se regula los honorarios para el abogado que contestó el recurso en la suma de
    • Relator: Mgdo. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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