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    Auto Supremo AS/0564/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0564/2020

    Fecha: 05-Nov-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación en la forma interpuesto por el representante legal de Industrias
    • Señala que no procede demanda de reincorporación ni la conminatoria de reincorporación porque el trabajador
    • Manifiesta que jamás se despidió al indicado trabajador y lo extraño es que la Jefatura
    • Finaliza pidiendo se revoque la Conminatoria JDT/04/13 de reincorporación y se deje sin efecto la
    • La Jueza Segunda Partido de Trabajo y Seguridad Social de Tarija, por Auto de
    • Mediante Auto de 6 de noviembre de 2013, cursante a fs
    • Cumplidas las formalidades procesales, se emitió la Sentencia de 11 de junio de 2014, cursante
    • I.2. Auto de Vista
    • Contra esta decisión, IABSA a través de su represente interpuso recurso de apelación, cursante de
    • I.3 Motivos del recurso de casación
    • Dentro el plazo previsto por ley, IABSA, por escrito de fs
    • Señala que al momento de interponer el recurso de apelación se hizo expresa mención de
    • Arguye que el agravio causado es la no valoración de documentos, lesiona el derecho a
    • Continua y refiere que el tercer interesado -ex trabajador- haya negado dichos documentos alegando que
    • Finaliza y reitera el pronunciamiento la valoración de la prueba con un fallo fundamentado y
    • Estando plenamente vigente el Código Procesal del Trabajo, se asume que las normas supletorias, en
    • Corresponde señalar que el art
    • En ese contexto, lo descrito respecto a los presupuestos formales que debe cumplir el recurrente
    • En ese entendido, IABSA se limitaron a realizar una relación intrascendente de los antecedentes del
    • Al haberse recurrido en casación en la forma, correspondía señalar la vulneración de las formas
    • Consiguientemente, los argumentos del recurso de casación en la forma relacionado a que el Auto
    • Pese a las consideraciones establecidas en la normativa civil, en el presente caso se procederá
    • 1.2. Argumentos de derecho y de hecho
    • Precisadas las formalidades con las cuales se resolverá este recurso de casación, a continuación, corresponde
    • Por tanto las autoridades judiciales a su turno, valoraron correctamente las pruebas aportadas
    • Que al haberse establecido la existencia de la relación laboral; razón por la cual corresponde
    • Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió en errónea aplicación
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de
    • Se regula el honorario profesional de abogado en Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Ricardo Torres Echalar.

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