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    Auto Supremo AS/0590/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0590/2020

    Fecha: 05-Nov-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
    • I. 1. Antecedentes del proceso
    • I.1.1. Resolución Administrativa
    • Que, tramitado el proceso de reclamación seguido por Delia Orozco Zelada, la Comisión de Reclamación
    • I.1.2 Auto de Vista
    • Ante el deceso del demandante, se apersona Delia Orozco Zelada en calidad de derechohabiente del
    • CONSIDERANDO II
    • Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
    • II.1.Petitorio
    • Concluye solicitando que deliberando en el fondo se dicte Auto Supremo casando el Auto de
    • Delia Orozco Zelada vda
    • El SENASIR también hace mención a la indebida aplicación del art
    • II.3.Admisión
    • Mediante Auto Supremo N° 292/2020-A de 30 de septiembre a fs
    • II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
    • A fin de dilucidar la presente problemática corresponde recordar que, en aplicación de los arts
    • Estos derechos, por su naturaleza, son inviolables, universales, interdependientes indivisibles y progresivos, debiendo el Estado
    • Por ello es que la jubilación protege a la persona de las contingencias propias de
    • Se debe tener presente también, que la renta de viudedad, se encuentra inserta como derecho
    • Consiguientemente se concluye que el derecho a la renta de viudedad, constituye un elemento de
    • En el caso que se analiza, se advierte que la solicitante de la renta de
    • Por ello, corresponde señalar que la determinación asumida por el Tribunal de Alzada es correcta,
    • Ahora bien, la normativa aplicable a la seguridad social, no refiere que el SENASIR debe
    • En consecuencia en virtud de los fundamentos constitucionales de seguridad social citados anteriormente; siendo que
    • Por todo lo expuesto, se concluye que el Auto de Vista se ajusta a las
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, del Tribunal Supremo
    • Se regula honorario profesional de abogado en la suma de Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez.

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