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    Auto Supremo AS/0714/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0714/2020-RRC

    Fecha: 12-Nov-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 7 de febrero de 2019, Pablo Sanguino, de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 17/2014 de 3 de septiembre (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el imputado, formuló recurso de apelación restringida (fs
    • I.1.1.Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y Auto Supremo 224/2020-RA de 04 de marzo, se
    • El recurrente, refiere: a) Al momento de interponer su recurso de apelación restringida denunció la
    • Solicita la parte recurrente que deliberando en el fondo, este Tribunal deje sin efecto el
    • Mediante Auto Supremo 224/2020-RA de 04 de marzo, este Tribunal admitió por flexibilización el recurso
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
    • Por Sentencia 17/2014 de 3 de septiembre, el Tribunal de Sentencia Segundo de Yacuiba del
    • II.2.De apelación restringida
    • El defecto de Sentencia contenido en el inc
    • El Tribunal de Sentencia incurrió en valoración defectuosa de la prueba en su conjunto, debido
    • Se vulneró el principio de indubio pro reo por parte del Tribunal de Sentencia, al
    • II.3.Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a través del
    • Se verifica en cada una de las conclusiones del Tribunal de Sentencia, la valoración integral
    • Si bien el Tribunal de Sentencia refiere lo que señala el recurrente en cuanto a
    • La aseveración de falta de aclaración del voto disidente es falsa, por cuanto se establece
    • Todos los hechos que sirvieron de base para la emisión de condena por el delito
    • Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, en cuanto a la denuncia
    • III.1. Del derecho al debido proceso
    • Por otra parte, el debido proceso reconocido en la CPE, en su triple dimensión como
    • III.2. Del derecho a la defensa y los parámetros para establecer su vulneración
    • El derecho a la defensa definido como el: "
    • El Auto Supremo 273/2016-RRC de 31 de marzo, estableció los parámetros para establecer la vulneración
    • ii) El denunciante carezca de los medios jurídicos para asumir su defensa o aun existiendo
    • Por otra parte, el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia, en las Sentencias 0995/2004-R de 29
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Recapitulando, el recurrente denuncia el vicio de incongruencia omisiva incurrido por el Tribunal de apelación,
    • Entonces, a efectos de resolver la problemática traída en casación, corresponde la compulsa entre lo
    • Entre dichos defectos, evidentemente denunció el contenido en el inc
    • Por otro lado, el apelante también denunció la errónea valoración de la prueba y de
    • En atención a ello, el Tribunal de alzada resolvió indicando –en cuanto al defecto contenido
    • Del reclamo referido a la valoración defectuosa de la prueba, la Sala de apelación señaló
    • “(…) En ese entendido, la parte que se sienta perjudicada por una resolución judicial, puede
    • De ello, se establece que los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos
    • En el caso presente, esta Sala advierte que el Auto de Vista impugnado resolvió todos
    • Por otro lado, del también genérico reclamo a la valoración de la prueba, se observa
    • Entonces, el defecto de incongruencia omisiva denunciado no resulta evidente, por ende, no se advierte
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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