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    Auto Supremo AS/0684/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0684/2020

    Fecha: 08-Dic-2020

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    • VISTOS
    • 1.
    • 2.
    • Acusó la existencia de nulidad por falta de congruencia y motivación  como parte del debido proceso.
    • Denunció la vulneración del principio a la verdad material.
    • Reclamó que el Auto de Vista es incongruente y falto de motivación en  vulneración del debido proceso.
    • la falsedad de instrumentos públicos o privados, su invalidación no puede depender únicamente por la vía de la anulabilidad, sino de la nulidad
    • III.2. De la incongruencia omisiva.
    • el Tribunal de casación debe limitar su consideración únicamente para establecer si hubo o no respuesta a los reclamos del recurrente, lo contrario implicaría ingresar a cuestiones que atingen a la impugnación en el fondo
    • III.3. El debido proceso en sus vertientes congruencia y una debida fundamentación y motivación de las decisiones.
    • III.4. De la valoración de la prueba
    • En relación a la prueba pericial
    • III.5. Del principio de verdad material
    • Con relación a los motivos 1) y 3), referidos a las denuncias de que el Auto de Vista incurrió en nulidad por falta de congruencia y motivación en  vulneración del debido proceso.
    • III.2
    • III.1
    • III.3
    • Denuncia la vulneración del principio a la verdad material.
    • III.5
    • POR TANTO:

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