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    Auto Supremo AS/0281/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0281/2020-RRC

    Fecha: 18-Mar-2020

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    • Por memorial presentado el 7 de junio de 2019, Víctor Quispe Calamani, de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, la H
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 933/2019-RA de 15 de octubre,
    • Haciendo una relación de los antecedentes del proceso señala los siguientes aspectos: 1) El recurso
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo 933/2019-RA de 15 de octubre, de fs
    • II.1.De la Sentencia
    • Por Sentencia 100/2016 de 3 de agosto, el Tribunal de Sentencia Cuarto del Tribunal Departamental
    • Básicamente la única declaración testifical de cargo de Claudio Félix García Martínez, no ha logrado
    • II.2.1. De la Alcaldía Municipal de Caranavi
    • Notificado con la Sentencia, Elmer Suxo Espinoza en representación de Lidio Roberto Mamani Estraus, interpone
    • Error de la resolución que determina el abandono de la querella dentro del proceso, habiendo
    • Afirma, que el punto segundo denominado voto de los miembros del Tribunal y fundamentos de
    • Inobservancia y errónea aplicación de la Ley “Art. 308 bis del Código Penal”
    • Art. 370 inc. 1) del CPP, inobservancia del art. 20 del CP
    • Art
    • II.2.2. Del Ministerio Público
    • Notificado con la Sentencia, el Ministerio Público interpone recurso de apelación restringida, bajo los siguientes
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto
    • A fines de evitar una reiteración innecesaria, los fundamentos del Auto de Vista serán extractados
    • III.1. Del precedente invocado
    • El recurrente invocó el Auto Supremo 250/2012 de 17 de septiembre, que fue dictado por
    • Del precedente expuesto, se tiene que resolvió una cuestión procesal referida a la infracción del
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Previamente corresponde puntualizar que la fundamentación de las Resoluciones implica el deber de explicar y
    • Efectuada esa precisión, corresponde ingresar al análisis del presente recurso, en cuyo mérito resulta necesario
    • Al respecto, el Auto de Vista impugnado abrió su competencia y declaró inadmisible el recurso
    • Continuando con los fundamentos del Auto de Vista impugnado, refiere que en cuanto al agravio
    • Finalmente el Auto de Vista asume que respecto al agravio del art
    • De esa relación necesaria de antecedentes procesales, se tiene que el Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A efectos de lo previsto por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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