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    Auto Supremo AS/0332/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0332/2020

    Fecha: 27-Jul-2020

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    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Planteada la demanda social de beneficios sociales seguido por Hanha Svieta Clavel Santa Cruz y
    • Por otra pare declaró PROBADA en parte la demanda, sin costas por haberse demostrado la
    • Auto de vista
    • Interpuesto el recurso de apelación de fs
    • Contra el Auto de Vista el demandado, formuló recurso de casación, conforme los siguientes argumentos
    • Lo cual sería incorrecto puesto que la SCP 1088/2015-S1 de 5 de noviembre, incorporó una
    • Para el caso, se tendría que el demandado ofreció prueba testifical de descargo, a cuyo
    • Así los Vocales de Sala, no consideraron que la SCP 1088/2015-S1 de 5 de noviembre,
    • Lo referido precedentemente no habría sido aplicado por los vocales, quienes concluyeron que la causal
    • Segundo, al determinarse en el Auto de Vista recurrido, que el 30% de la multa
    • Petitorio
    • En tal sentido pidió se case el Auto de Vista recurrido y se reparen las
    • Contestación al recurso
    • Señala que el recurrente expresa una indebida aplicación del ordenamiento jurídico, y no hace una
    • Al respecto, el recurrente hace un “copy page” de su recurso de apelación y pese
    • Dejó establecido que, la Sentencia Constitucional aludida, identificó de forma clara qué tipo de acontecimiento
    • Por lo que el Auto de Vista recurrido en cuanto a los agravios alegados ha
    • En tal sentido pidió se declare INFUNDADO el recurso planteado
    • Auto de Admisión del recurso
    • Expuestos así los argumentos del recurso de casación y de acuerdo a la problemática planteada,
    • En ese entendido, corresponde al recurso de casación fundamentar sus argumentos a efectos de invalidar
    • En ese contexto la SCP N° 1662/2012 de 1 de octubre, define al principio procesal
    • Fundamentos del caso concreto
    • Sobre este particular se tiene que el art
    • De lo señalado, se advierte que, dentro del proceso laboral, el juzgador posee plena libertad
    • En la especie, de los antecedentes se tiene que evidentemente, existió una relación laboral típica,
    • Finalmente se debe precisar que el recurrente, persigue una nueva valoración y compulsa de las
    • Esta disposición, expresa que deberán cumplirse dos condiciones; es decir, que deberá demostrarse el error
    • Por lo referido, se evidencia que el Auto de Vista se ajusta a derecho, no
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contencioso Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Se regula el honorario del abogado patrocinante en Bs
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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