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    Auto Supremo AS/0345/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0345/2020-RRC

    Fecha: 28-Jul-2020

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    • La Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM), la Procuraduría General del Estado (PGE), Roberto Foronda
    • I.1. Antecedentes
    • Contra la mencionada Sentencia, Josefina Soliz de Foronda; el Gobierno Autónomo Municipal de Entre Ríos
    • Así también, con base en el art
    • En juicio de admisibilidad esta Sala pronunció el Auto Supremo 957/2019-RA, en determinando el marco
    • Sobre el recurso de casación planteado por Roberto Foronda Franco: (i) contradicción entre el Auto
    • II.1. Sentencia
    • Por Sentencia 26 de 4 de noviembre de 2016, el Tribunal de Sentencia Quinto del
    • Asimismo, de conformidad a lo preceptuado en los arts
    • Edad
    • Grado de instrucción
    • Posición económica
    • Antecedentes
    • Vida anterior al hecho
    • Posibilidad de fuga
    • Arrepentimiento
    • La mayor o menor gravedad del hecho
    • Circunstancias y las consecuencias del hecho
    • Determinación de la pena
    • El recurrente interpuso su recurso de apelación restringida, con los siguientes argumentos
    • La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante el Auto
    • En amparo del art
    • Con relación al art
    • Además, lo manifestado por el recurrente no es cierto ni evidente, primero porque durante todo
    • Finalmente con relación a lo manifestado por la recurrente Josefina Soliz de Foronda, que existe
    • En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
    • determinar la pena en contra de la acusada
    • III.1.1 La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • El art
    • La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • III
    • Antes de analizar los precedentes invocados por los recurrentes, es preciso acudir al razonamiento establecido
    • La Procuraduría manifiesta que, el Auto de Vista 85, no cumple con las condiciones de
    • Auto Supremo N° 292/2018-RRC de 7 de mayo, desarrolla la importancia de la fundamentación en
    • Auto Supremo 111/2012 de 11 de mayo, cuya doctrina legal establece que: “Se vulnera la
    • Atendiendo que lo reclamado por la entidad recurrente atinge básicamente la razonabilidad de la argumentación
    • Del memorial de apelación restringida de la acusada Josefina Soliz de Foronda se evidencia que
    • Al respecto la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz consideró
    • Ahora bien, de lo anterior se concluye que: 1) La apelante no reclamó la inobservancia
    • Por todo lo anotado, se advierte que como bien refirió la institución recurrente no existe
    • Respecto a los precedentes invocados AS 354/2014-RRC de 30 de julio de 2014, determina la
    • Respecto a la denuncia de omisión en la fundamentación descriptiva de la sentencia, donde no
    • Con relación al reclamo de inobservancia y errónea aplicación del art
    • Los Vocales no establecieron cómo se atribuye la comisión del delito de Estafa a personas
    • Auto Supremo 161/2012-RRC de 17 de julio, analizó problemáticas relacionadas a: Que el Tribunal de
    • Por otro lado, el Auto Supremo 43/2013 de 21 de febrero, en un proceso en
    • Asimismo, debe tenerse en cuenta que la nulidad se rige por los principios de especificidad,
    • Primeramente, se constata que la situación de hecho sobre la que el Auto Supremo 161/2012-RRC
    • Así las cosas, respecto a la denuncia de omisión en la fundamentación descriptiva de la
    • Ahora bien, dentro de aquel motivo, el señor Foronda Franco consideró que en su caso
    • La doctrina legal contenida en el AS 161/2012-RRC de 17 de julio, orienta a los
    • Finalmente, en cuanto al reclamo inherente a que los Vocales no establecieron cómo se atribuye
    • Con relación al Auto Supremo 43/2013 de 21 de febrero desarrollado, en las tres problemáticas
    • Por lo que se declara fundado el motivo casacional por existir contradicción con el primer
    • De modo tal que en el presente caso al declararse fundados los motivos de casación
    • “El recurso de apelación restringida es el medio legal para impugnar errores de procedimiento o
    • Dicho precedente no resulta análogo, dada cuenta que establece la obligatoriedad de efectuar un análisis
    • Auto Supremo 450 de 19 de agosto de 2004, atendiendo reclamos vinculados a un actuar
    • Analizando el motivo casacional se advierte que se cuestiona que no obstante se concluye en
    • Se tiene también en análisis el Auto Supremo 410 de 20 de octubre de 2006,
    • Auto Supremo 277 de 13 de agosto de 2008, que refiere en su doctrina legal
    • Cita también el Auto Supremo 409 de 20 de octubre de 2006; al respecto, determina
    • Se tiene el Auto Supremo 41/2012, que refiere como doctrina legal aplicable: “ Considerando que
    • De la lectura del medio recursivo, se puede establecer que el impugnante se limita a
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • INFUNDADOS los motivos de Casación interpuestos por: Autoridad de Pensiones y Seguros (motivo segundo y
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • FDO
    • Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca

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