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    Auto Supremo AS/0409/2020-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0409/2020-RRC

    Fecha: 28-Jul-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 15 de enero de 2020, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • Por Sentencia 046/2017 de 16 de agosto (fs
    • Contra la referida Sentencia, la acusadora particular Lizeth Aguayo Escalera (fs
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 333/2020-RA de 20 de marzo,
    • I.1.2. Petitorio
    • El recurrente solicitó se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado y se ordene
    • I.2. Admisión del recurso
    • Mediante Auto Supremo N° 333/2020-RA de 20 de marzo de 2020, éste Tribunal admitió el
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • La víctima decidió llamar a José María Carranza para posteriormente dirigirse a oficinas de la
    • II.2.  Del recurso de apelación restringida del imputado
    • Tomando en cuenta la problemática planteada, corresponde que se desarrolle el agravio denunciado en apelación
    • La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, resolvió la apelación
    • En referencia al agravio previsto por el art
    • Conforme al control de legalidad en cuanto a la subsunción invocó el A
    • De acuerdo al acápite III de la exposición de motivos de derecho y doctrinales, en
    • Asimismo, invocó el A
    • Por otro lado, en relación a que debió existir prueba de ADN para determinar la
    • En conclusión, en base a los extremos que fueron objeto de análisis, se determinó que
    • Con la finalidad de emitir pronunciamiento de fondo, dentro los límites establecidos en el Auto
    • III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
    • Conforme lo dispuesto por los arts
    • Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
    • El recurrente alega que en apelación denunció el defecto del art
    • A tal efecto, invocó el A
    • “La Corte Suprema de Justicia de Bolivia ha sentado la línea jurisprudencial vinculante en sentido
    • La escasa o contradictoria fundamentación conlleva violación a derechos y garantías constitucionales tal cual lo
    • Por otra parte el Tribunal de alzada no puede ‘anular’ el proceso y disponer el
    • Finalmente el Tribunal de alzada de acuerdo al imperio de lo dispuesto por el artículo
    • A su vez, invocó el A
    • “El derecho al debido proceso exige que toda resolución sea debidamente fundamentada; la autoridad que
    • En el caso de autos, se verifica que una vez emitida la sentencia condenatoria, el
    • De la relación anterior, se puede evidenciar que el acusado invocó el defecto de Sentencia
    • Ahora bien, analizados los argumentos vertidos por el Tribunal de alzada como la denuncia traída
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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