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    Auto Supremo AS/0419/2020-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0419/2020-RA

    Fecha: 29-Jul-2020

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    • Por memoriales de casación presentados el 13 y 20 de febrero de 2020, cursantes de
    • Por Sentencia 014/2018 de 8 de mayo (fs
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusado Julián Cruz Silvestre formuló recurso de apelación restringida (fs
    • Por diligencia de 5 de febrero de 2020 (fs
    • II. MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
    • II.1. Del recurso de 13 de febrero de 2020
    • Previa exposición de antecedentes procesales, el recurrente señala como motivos del recurso los siguientes
    • Alega el recurrente que en apelación denunció la errónea aplicación del art
    • Refiere el recurrente que, reclamó en apelación la defectuosa valoración de la prueba, vulneración del
    • Bajo el título “Defecto de la sentencia denunciado-Errónea aplicación de la Ley sustantiva en lo
    • II.2. Del recurso de 20 de febrero de 2020
    • Previa exposición de antecedentes procesales, refiere el recurrente que formuló recurso de apelación restringida reclamando
    • Invoca en calidad de precedentes contradictorios los Autos Supremos 297 de 30 de julio de
    • El art
    • En este contexto, el art
    • Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
    • ii)  Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
    • Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
    • iii)  Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • En cuanto al primer recurso
    • Se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto de Vista impugnado el 5
    • Al respecto invocó los Autos Supremos 984/2018-RRC de 7 de noviembre y 5 de 26
    • Al respecto invocó los Autos Supremos 325/2012-RRC de 12 de diciembre y 4/2013 de 31
    • Sobre la problemática planteada el recurrente invocó en relación al principio de inmediación y sus
    • Por los argumentos expuestos, se tiene que el presente motivo, no cumplió con el segundo
    • Finalmente, respecto al cuarto motivo, el recurrente reclama que el Auto de Vista impugnado incurrió
    • Al respecto invocó el Auto Supremo 99 de 24 de marzo de 2005 y 507
    • En cuanto al segundo recurso
    • Corresponde precisar que el recurso de casación es un mecanismo de impugnación que se encuentra
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.

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