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    Auto Supremo AS/0443/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0443/2020

    Fecha: 22-Jul-2020

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    • Distrito: Santa Cruz
    • I: ANTECEDENTES PROCESALES
    • SENTENCIA
    • AUTO DE VISTA
    • II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN POR PARTE MAURICIO JOSE JALDIN MARTINEZ
    • Contra el auto de vista, el demandante Mauricio José Jaldin Martínez, formuló recurso de casación
    • Manifiesta el demandante recurrente que, cuando es remitido el proceso al Tribunal de Apelación, este
    • Primer agravio: Indica que, consiste que el art
    • Manifiesta que, esta omisión y abreviación de plazos ha provocado la vulneración del principio de
    • Fundamentos del Recurso de Casación en el Fondo o In Iudicando
    • Segundo Agravio: indica que, en virtud de la garantía constitucional referido en el art
    • Indica que, esta carencia, han tornado ambos autos de vistas en resoluciones de hecho y
    • El demandante recurrente, sigue fundamentando su recurso, en la flagrante violación, interpretación errónea y aplicación
    • Manifiesta que, el art
    • Tercer Agravio: El demandante recurrente indica que, el Tribunal de Apelación bajo falsas argucias le
    • Cuarto Agravio: Indica que, se puede evidenciar una flagrante violación, interpretación errónea y aplicación indebida
    • El demandante recurrente, señala que el Tribunal Constitucional ha establecido principios básicos y garantías que
    • - Garantía del debido proceso
    • Quinto Agravio: Manifiesta que, se evidencia que el auto de vista, ha considerado erróneamente que
    • Manifiesta que, por otro lado, el contenido del auto de vista recurrido como el auto
    • En ese entendido, el demandante recurrente, indica que se ha vulnerado flagrantemente su derecho al
    • - En cuanto a la Confesión provocada, el Auto Supremo N° 006/2018 de fecha 14
    • - Principio de inversión de la prueba, Auto Supremo N° 26 de fecha 16 de
    • - En cuanto al carácter protectivo al régimen laboral, la obligatoriedad de los derechos laborales,
    • En conclusión, el demandante recurrente señala que, al dictarse la resolución recurrida, se ha realizado
    • Manifiesta que, la decisión asumida por los vocales, importa además, una resolución arbitraria e incongruente,
    • El demandante recurrente indica que, la decisión judicial asumida en este proceso se traduce en
    • Por último el demandante recurrente, indica que, el art
    • Petitorio
    • Por los fundamentos expuestos, interpone el recurso de casación en el fondo y en la
    • III
    • Recurso de Nulidad en la Forma: ERRORES IN PROCEDENDO
    • El demandado recurrente indica que, los autos recurridos han sido dictados contraviniendo lo dispuesto en
    • En ese sentido el demandado recurrente señala que ambos tribunales contravienen la presunción judicial de
    • Recurso de Nulidad en el Fondo: ERRORES IN JUDICANDO
    • El demandante recurrente indica que, ambos resoluciones dictadas por ambos tribunales, contiene violaciones, interpretaciones erróneas
    • Falta de aplicación de los arts
    • El demandado recurrente señala que, la presunción judicial que sostiene el Tribunal de apelación en
    • En conclusión, el demandado recurrente indica que, para la procedencia de su recurso en el
    • 1
    • 2
    • Todo con costas, honorarios y daños y perjuicios
    • IV. FUNDAMENTO JURÍDICO LEGALES Y SU APLICACIÓN EN EL CASO CONCRETO
    • En consideración de los argumentos expuestos por ambas partes en sus recursos, de acuerdo a
    • Ello supone una doble instancia donde el tribunal o juez debe circunscribirse a examinar la
    • El incumplimiento de las exigencias expuestas amerita que el Tribunal Supremo disponga la nulidad de
    • A su vez, el art
    • En cumplimiento de esta obligación procesal, velando por el acatamiento de las normas citadas, de
    • Para arribar a esta determinación, el tribunal de apelación no funda su fallo, en ninguna
    • En suma, todos estos aspectos demuestran la existencia de incongruencia, falta de exhaustividad, de motivación,
    • En consecuencia, al haberse incumplido normas procesales de orden público y cumplimiento obligatorio, corresponde fallar
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
    • En cumplimiento a lo que determina el art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez

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