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    Auto Supremo AS/0395/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0395/2020

    Fecha: 03-Ago-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • En conocimiento de la Sentencia, ZOFRA COBIJA por medio de su Directora General Ejecutiva Tatiana
    • En conocimiento del señalado Auto de Vista, ZOFRA COBIJA, formuló recurso de casación en el
    • El demandante fue contratado mediante un contrato de prestación de servicios como personal eventual, como
    • Refiere que no se consideraron los Dictámenes Generales Nº 06/2014 de 9 de diciembre de
    • De la revisión de los antecedentes del proceso, se tiene que el actor no contestó
    • Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
    • Según el art
    • Por otra parte, el DS Nº 22410 de 11 de enero de 1990 de Régimen
    • De la normativa glosada, éste Tribunal concluye que si bien la Zona Franca Comercial e
    • Más aún, si se considera la expresa previsión del art
    • Por consiguiente, se establece que la entidad demandada, no sólo por su condición de entidad
    • En cuanto al subsidio de frontera, es preciso tener en cuenta, que forma parte de
    • Ahora, esta normativa que otorga este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición
    • En relación al art
    • La entidad recurrente, no puede pretender dejar de lado la aplicación del art
    • Con respecto a la no consideración de los Dictámenes Generales Nº 06/2014 de 9 de
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
    • Sin costas en aplicación de los arts
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase.-

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