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    Auto Supremo AS/0338/2020
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0338/2020

    Fecha: 04-Sep-2020

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Nulidad de contrato de anticresis
    • Distrito: La Paz
    • Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Adela Ochoa de Olorio,
    • De las denuncias expuestas por Adela Ochoa de Olorio mediante memorial de fs
    • Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista
    • De la contestación al recurso
    • CONSIDERANDO III
    • El art
    • Por otra parte, la SCP Nº 1853/2013 de 29 de octubre estableció que: “Así en
    • Del estudio del recurso de casación, si bien expone una división entre fondo y forma,
    • Al contrario, cuando aquella motivación no existe y se emite únicamente la conclusión a la
    • III.3. Del contrato de anticresis
    • Sobre este tipo de contratos este máximo Tribunal Supremo de Justicia en el A
    • Asimismo, el art
    • CONSIDERANDO IV
    • Teniendo claro el problema jurídico y la premisa normativa, antes de ingresar al estudio para
    • dispositivo, no pudiendo la recurrente controvertir derechos ajenos al no generarle gravamen, por cuanto lo
    • Previamente enfocamos que la garantía del debido proceso comprende entre sus elementos la existencia de
    • Es necesario enfatizar que el contrato de anticrético de acuerdo a lo referido en el
    • En el caso concreto del estudio del documento cursante a fs
    • Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación fueron analizadas,
    • Se regula honorarios profesionales en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizu.

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