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    Auto Supremo AS/0201/2021
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0201/2021

    Fecha: 05-Mar-2021

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    • del razonamiento que conduce, a partir de las informaciones aportadas al proceso a través de los medios de prueba, a una afirmación sobre hechos controvertidos
    • “La averiguación de la verdad es el objetivo fundamental de la actividad probatoria en el proceso judicial”
    • respecto a la valoración de la prueba, resulta loable destacar que es una facultad privativa de los Jueces de grado, el apreciar la prueba de acuerdo a la valoración que les otorga la ley y cuando ésta no determina otra cosa, podrán hacerlo conforme a su prudente criterio o sana crítica, según dispone el art. 1286 del Código Civil concordante con el art. 397 parágrafo I de su procedimiento
    • III.2. De los requisitos de procedencia de la acción reivindicatoria.
    • 1. El derecho de dominio de quien se pretende dueño; 2. La determinación de la cosa que se pretende reivindicar; y, 3. La posesión de la cosa por el demandado
    • no pretende que se declare su derecho de dominio,
    • FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
    • De la respuesta al recurso de casación.
    • POR TANTO:

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