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    Auto Supremo AS/0007/2022-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0007/2022-RA

    Fecha: 01-Feb-2022

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
    • AUTO SUPREMO Nº 007/2022-RA
    • Sucre, 01 de febrero de 2022
    • ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
    • Proceso:
    • I. DATOS GENERALES
    • II. ANTECEDENTES
    • II.1. Sentencia.
    • II.2. Apelación restringida.
    • 1)
    • 3)
    • III. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
    • III.1. Recurso del imputado Eladio Hurtado Urgel:
    • primer motivo
    • segundo motivo
    • tercer motivo
    • cuarto motivo
    • quinto motivo
    • sexto motivo
    • sé
    • III.2. Recurso de la acusadora particular Juana Paniagua de Vargas
    • III.3. Recurso de los acusadores particulares Adalid Castedo Suárez y Yenny Raquel Rivero Vaca.
    • IV. MARCO NORMATIVO Y JURISPRUDENCIAL PARA EL ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD
    • Fragmento 24
    • Fragmento 25
    • a)
    • Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de Julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero y 0326/2015-S3 de 27 de marzo
    • V. EXAMEN DE ADMISIBILIDAD
    • V.1. Constatación del plazo de presentación.
    • V.2. Verificación de los requisitos de contenido.
    • V.2.1. Recurso del imputado Eladio Hurtado Urgel.
    • inadmisibilidad
    • al tercer motivo
    • motivos
    • admisibilidad
    • motivo séptimo
    • V.2.2. Recurso de
    • ;
    • inadmisible
    • segundo
    • V.2.3. Recurso de los acusadores particulares Adalid Castedo Suarez y Yenny Raquel Rivero Vaca.
    • admisible
    • POR TANTO
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara: ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Eladio Hurtado Urgel, para el análisis de fondo únicamente de los motivos quinto y sexto; de fs. 4685 a 4700 vta., INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto Juana Paniagua de Vargas, de fs. 4671 a 4673, y, ADMISIBLE el recurso de casación formulado por Adalid Castedo Suarez y Yenny Raquel Rivero Vaca, de fs. 4680 a 4683 vta. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase.
    • FDO.
    • Magistrado Presidente Dr. Edwin Aguayo Arando
    • Magistrado Dr. Olvis Eguez Oliva
    • Secretario de Sala Penal M.Sc. Rommel Palacios Guereca

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