SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 25 - CA
Sucre, 15 de febrero de 2022
Expediente |
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141/2021-CA |
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Demandante |
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Cooperativa Minera Aurífera Comunitaria “SITAHUARA RL”. |
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Demandado |
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Ministerio de Minería y Metalurgia. |
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Proceso |
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Contencioso administrativo |
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Resolución Impugnada |
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RJ N° 83/2021 de 14 de abril de 2021. |
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Magistrado Relator |
: |
Lic. José Antonio Revilla Martínez |
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Cooperativa Minera Aurífera Comunitaria “SITAHUARA RL” representada legalmente por Ivette Morales Meriles, contra el Ministerio de Minería y Metalurgia, los antecedentes del proceso y:
Efectuada la revisión del cuaderno procesal, se evidencia que, la demanda fue observada por Decreto de 14 de julio de 2021 (fs. 30), disponiendo que previo a la admisión de la demanda, la impetrante, señale las generales del tercero interesado; otorgándole a tal efecto el plazo de diez (10) días hábiles a partir de su notificación, bajo conminatoria de aplicarse lo dispuesto en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975).
Notificándose con dicho Decreto a la parte actora el 16 de agosto de 2021, sin que hasta la fecha diera cumplimiento a las observaciones realizadas; consecuentemente, corresponde aplicar la sanción prevista en el art. 333 del CPC-1975, que señala: “Cuando la demanda no se ajuste a las reglas establecidas podrá el juez ordenar de oficio se subsanen los defectos dentro del plazo prudencial que fije y bajo apercibimiento de que si no se subsanaren se la tendrá por no presentada”.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por la Cooperativa Minera Aurífera Comunitaria “SITAHUARA RL” representada legalmente por Ivette Morales Meriles, contra el Ministerio de Minería y Metalurgia; en consecuencia, se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas.
Regístrese, Notifíquese y Archívese.