Resolución RE/0326/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Resolución RE/0326/2007

Fecha: 13-Dic-2007

SALA PLENA

AUTO DE APERTURA DE JUCIO: 326/2007 FECHA:13 de diciembre de 2007

EXP. N°: 232/2007

PROCESO: Juicio de Responsabilidad.

PARTE: Presentada por el Fiscal General de la República

de Bolivia contra Gustavo Aguirre Pérez, ex

Prefecto del Departamento de Tarija, Armando

Raúl y Reynaldo Rivera Ramírez.

VISTOS EN SALA PLENA: La acusación de 13 de junio de 2007 presentada por el Fiscal General de la República en representación del Ministerio Público contra Gustavo Aguirre Pérez, ex Prefecto del Departamento de Tarija, Amado Raúl Rivera Ramírez y Reynaldo Enrique Rivera Ramírez.

CONSIDERANDO: Que habiéndose cumplido con los actos preparatorios del juicio previstos por el artículo 340 del Código de Procedimiento Penal, notificándose con la acusación a los imputados para que en el plazo de 10 días a partir de su legal notificación ofrezcan su prueba de descargo.

Que el imputado Gustavo Aguirre Pérez por medio del memorial de 6 de octubre del 2007, ofreció prueba documental, pericial y testifical (fojas 127 a 130) y los otros imputados Amado Raúl Rivera Ramírez y Reynaldo Rivera Ramírez no ofrecieron prueba de descargo.

POR TANTO.- La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación aplicando los artículos 342 y 343 del Código de Procedimiento Penal pronuncia AUTO DE APERTURA DEL JUICIO contra:

Gustavo Aguirre Pérez, ex Prefecto del Departamento de Tarija por la comisión de los delitos de conducta antieconómica, falsedad material, uso de instrumento falsificado, peculado y legitimación de ganancias ilícitas (artículos 224, 198, 203, 142 y 185 bis del Código Penal).

Amado Raúl Rivera Ramírez por la comisión de los delitos de conducta antieconómica, uso de instrumento falsificado, peculado y falsedad material (artículos 224, 203, 142 y 198 del Código Penal).

Reynaldo Enrique Rivera Ramírez por la comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa (artículos 198, 199, 203 y 335 del Código Penal).

Se fija como base del juicio la acusación presentada por el Fiscal General de la República, en representación del Ministerio Público y se señala audiencia para la celebración del juicio oral para el día lunes 21 de enero de 2008 a horas 9:30 y los siguientes días hasta su conclusión.

Notifíquese a las partes en el domicilio procesal que tengan señalado o de forma personal cuando corresponda. Cítese a los testigos y peritos propuestos, debiendo a tal efecto expedirse por Secretaríaa de Cámara de Sala Plena los respectivos mandamientos de comparendo.

No intervienen la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez y la Conjueza Carmen Sonia Villar de Bause, por licencia justificada.

Regístrese, hágase conocer y cúmplase.

MINISTROS:

Firmado: Héctor Sandoval Parada

Jaime Ampuero García

Eddy Walter Fernández Gutiérrez

Hugo Roberto Suárez Calbimonte

Teófilo Tarquino Mújica

CONJUECES:

Firmado: Jorge Aillón Zambrana

Wilfredo Patiño Soria

William Caba Figueroa

Santiago Berrios Caballero

Ramiro Samos Oroza

Firmado: Sofía Fiengo S.
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