Resolución RE/0166/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Resolución RE/0166/2016

Fecha: 22-Nov-2016

SALA PLENA

RESOLUCIÓN: 166/2016.
FECHA:Sucre, 22 de noviembre de 2016.
EXPEDIENTE Nº:408/2013.
PROCESO:Contencioso Administrativo.
PARTES:Asociación Accidental AR.BOL contra Autoridad General de Impugnación Tributaria.
MAGISTRADA RELATORA: Rita Susana Nava Durán.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Asociación Accidental AR.BOL contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I: Que planteada la demanda contencioso administrativa interpuesta por la Asociación Accidental AR.BOL, ésta a pesar de ser admitida por proveído de fecha 30 de septiembre de 2013 (fojas 69) y producido el sorteo en fecha 7 de noviembre de 2016, sin embargo no se ha notificado al tercero interesado (Administración de Aduana Interior Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia).
Que conforme a la Sentencia Constitucional No 0137/2012 de 4 de mayo 2012 es causal de nulidad la no notificación del tercero interesado y por ello señala: “…En este cometido, a partir de la SC 1351/2003-R de 16 de septiembre, se estableció que: “…en todo proceso judicial o administrativo en el que la decisión final del mismo pudiera afectar los derechos o intereses legítimos de terceras personas, éstas deben ser citadas o notificadas, según el caso, a los fines de que puedan ejercer, en igualdad de condiciones, el derecho a la defensa, ofreciendo las pruebas que consideren pertinentes y controvirtiendo las que se presenten en su contra dentro del proceso, de acuerdo con las formas propias de cada juicio y conforme a la normativa procesal pertinente”.
Que en el presente proceso es imperioso suspender el término del sorteo y ordenar la notificación del tercero interesado, en cumplimiento a la Sentencia Constitucional No 0137/2012 de 4 de mayo de 2012.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en cumplimiento de la Sentencia Constitucional No 0137/2012 de 4 de mayo de 2012, DISPONE:
Dejar sin efecto el sorteo de la presente causa, así como el decreto de autos de fs. 121.
Se ordena a la Asociación Accidental AR.BOL representada por Rodrigo Alfonso Palazuelos Guitérrez, efectué la notificación del tercero interesado (Administración de Aduana Interior Santa Cruz de la Aduana Nacional de Bolivia) a la brevedad posible.
Devuélvase lo obrado a la Magistrada Tramitadora Dra. Maritza Suntura Juaniquina.
No intervienen el Magistrado Pastor S. Mamani Villca por encontrarse en comisión de viaje oficial, ni el Magistrado Rómulo Calle Mamani por hacer uso de vacación judicial individual conforme a la Ley No 586 de 30 de octubre de 2014.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
MAGISTRADO
Fdo. Rita Susana Nava Durán
MAGISTRADA
Fdo. Norka Natalia Mercado Guzmán
MAGISTRADA
Fdo. Maritza Suntura Juaniquina
MAGISTRADA
Fdo. Fidel Marcos Tordoya Rivas
MAGISTRADO

Fdo. Sandra Magaly Mendivil Bejarano
Secretaria de Sala
Sala Plena
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