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    Resolución RE/0064/2019
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Resolución RE/0064/2019

    Fecha: 28-Nov-2019

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    • SALA PLENA
    • RESOLUCION Nº:
    • FECHA: Sucre, 28 de noviembre de 2019
    • EXPEDIENTE Nº:
    • PROCESO:
    • PARTES:
    • MAGISTRADO TRAMITADOR
    • VISTOS EN SALA PLENA:
    • CONSIDERANDO I: DE LA PETICION Y ANTECEDENTES
    • Fragmento 10
    • petitorio
    • desarchivo
    • CONSIDERANDO II: DE LAS RESPUESTAS AL INCIDENTE.
    • la AGIT,
    • CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION.
    • Planteada así la pretensión de ENTEL S.A. y las respuestas de los sujetos procesales que intervinieron como demandante y demandado, corresponde en primer término dejar claramente establecido cuál el concepto de “Tercero Interesado”. Acudiendo a la Doctrina, se encuentra el concepto que proporciona el Diccionario Jurídico Mexicano (1994), de la Suprema Corte de Justicia de la Nación: (escrito por Santiago Barajas Montes de Oca) que señala: “Se da el carácter de tercero interesado a la persona que sin ser parte en un juicio interviene en él para deducir un derecho propio, para coadyuvar con alguna de las partes si es llamada a ello, o cuando tenga conocimiento de que cualquiera sea la resolución que se dicte por la autoridad judicial pueda causarle algún perjuicio irreparable”.
    • no demandantes ni demandados
    • no es parte de un proceso,
    • a) Principio de especificidad o legalidad
    • 1)
    • Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0814/2012 de 17 de septiembre
    • 578/2015 de 7 de diciembre
    • POR TANTO:
    • Regístrese, notifíquese y cúmplase.

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