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    Sentencia Rol 8973 - 2020
    Tribunal Constitucional de Chile

    Sentencia Rol 8973 - 2020

    Fecha: 03-Nov-2020

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    • 0000054 CINCUENTA Y CUATRO 2020 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 8973-2020 [3 de noviembre de 2020] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
    • 0000055 CINCUENTA Y CINCO Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el artículo 1° de la Constitución Política
    • 0000056 CINCUENTA Y SEIS Vista de la causa y acuerdo Con fecha 1 de septiembre de 2020 se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el relator, quedando adoptado el acuerdo con la misma fecha
    • 0000057 CINCUENTA Y SIETE los justiciables, reconocida en el inciso primero del numeral 3° del artículo 19 de la Constitución, esta estabilidad de la jurisprudencia previa; SEGUNDO CAPÍTULO IMPUGNACIÓN AL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY N° 18
    • 0000058 CINCUENTA Y OCHO constitucionales, como el respeto a la dignidad humana (art
    • 0000059 CINCUENTA Y NUEVE DECIMOCUARTO
    • 0000060 SESENTA Y TENIENDO PRESENTE lo preceptuado en el artículo 93, incisos primero, N° 6°, y decimoprimero, y en las demás disposiciones citadas y pertinentes de la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17
    • 0000061 SESENTA Y UNO las normas constitucionales deben interpretarse a partir de criterios sistemáticos y teleológicos, no exclusivamente literales o gramaticales; 3°
    • 0000062 SESENTA Y DOS 7°
    • 0000063 SESENTA Y TRES 1°
    • 0000064 SESENTA Y CUATRO resuelta en esta causa es ajena a los ya anotados centenares de causas previamente estudiadas por este Tribunal, cuestión que no permite a esta disidente mantener el voto en que ha acogido impugnaciones disímiles a las de esta causa, en tanto la gestión pendiente, por la imputación dirigida al requirente, no se condice con los principios de igualdad ante la ley y proporcionalidad de las penas, alegados por el requirente, para establecer una vulneración a la Constitución en esta causa
    • 0000065 SESENTA Y CINCO personalidad del sujeto y, por ser objeto de un derecho de punir, no por ello perder su cualidad de sujeto
    • 0000066 SESENTA Y SEIS establecerse por delito contemplado en ley aprobada con quórum calificado, junto a la prohibición expresa de la aplicación de todo apremio ilegítimo; 6°
    • 0000067 SESENTA Y SIETE que el vocablo “sustituir” según el Diccionario de la Lengua, al cual debemos remitirnos de acuerdo con el precepto del artículo 20 del Código Civil, y en la acepción que interesa a la materia, significa “poner a alguien o algo en lugar de otra persona o cosa”
    • 0000068 SESENTA Y OCHO sustancias estupefacientes en pequeñas cantidades, y falsificación de licencia de conducir
    • 0000069 SESENTA Y NUEVE eventualmente, pueden exceder el ámbito de los cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, junto a las penas accesorias legales correspondientes
    • 0000070 SETENTA la arbitrariedad y aplicación del principio de proporcionalidad, en virtud del cual y como sostiene un reputado autor, “la sanción debe ser proporcional a la gravedad del hecho, a las circunstancias individuales de la persona que lo realizó y a los objetivos político criminales perseguidos
    • 0000071 SETENTA Y UNO armadas y milicias privadas, agregándose a ello la potencialidad del uso para fines ilícitos de las armas prohibidas, es decir, que en ocasiones son usadas como medio de comisión de delitos, lo que otorga un poder y una magnitud de fuerza diferente de las armas permitidas, que además al estar catastradas y reguladas permiten una pesquisa más eficaz en la investigación de hechos delictivos, cuestión que no ocurre si el número de serie está borrado o el arma está fuera de cualquier registro o si es de aquellas denominadas “hechizas”
    • 0000072 SETENTA Y DOS Acerca del ejercicio de proyección de penas en el caso concreto 16°
    • 0000073 SETENTA Y TRES 21°

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