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    Sentencia Rol 9809 - 2020
    Tribunal Constitucional de Chile

    Sentencia Rol 9809 - 2020

    Fecha: 21-Ene-2021

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    • 0000046 CUARENTA Y SEIS 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9809-2020 [21 de enero de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
    • 0000047 CUARENTA Y SIETE Traídos los autos en relación, se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el Relator, quedando adoptado el acuerdo y la causa en estado de sentencia
    • 0000048 CUARENTA Y OCHO SEGUNDO
    • 0000049 CUARENTA Y NUEVE margen del impugnado, manifiesta plenamente la idea de que se trata de una institución que no opera automáticamente por lo que define el legislador
    • 0000050 CINCUENTA tratados internacionales establecen criterios objetivos, obligaciones estatales y finalidades de sentido a la pena de privación de libertad; DECIMOSEGUNDO
    • 0000051 CINCUENTA Y UNO cumplimiento efectivo es un deber del legislador
    • 0000052 CINCUENTA Y DOS DISIDENCIA Acordada con el voto en contra de la Presidenta del Tribunal, Ministra señora MARÍA LUISA BRAHM BARRIL, y de los Ministros señores IVÁN ARÓSTICA MALDONADO, CRISTIÁN LETELIER AGUILAR Y JOSÉ IGNACIO VÁSQUEZ MÁRQUEZ quienes estuvieron por acoger el requerimiento de fojas 1 en lo que respecta a la impugnación al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
    • 0000053 CINCUENTA Y TRES de pena y operan con una intensidad importante, como ocurre, por ejemplo, como la reclusión parcial o la libertad vigilada intensiva
    • 0000054 CINCUENTA Y CUATRO expresamente que “(l)os delitos, atendida su gravedad, se dividen crímenes, simples delitos y faltas (
    • 0000055 CINCUENTA Y CINCO 2°
    • 0000056 CINCUENTA Y SEIS conforme se razonó previamente, en la potestad del legislador para excluir la posibilidad de acceso a pena sustitutiva, dado el reproche extra que contiene el ilícito que constituye la imputación, posibilitando que, en el análisis constitucional, la disposición en examen no sea desproporcionada ni cercene la igualdad ante la ley

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