Juristeca
Juristeca País
    Sentencia Rol 9623 - 2020
    Tribunal Constitucional de Chile

    Sentencia Rol 9623 - 2020

    Fecha: 08-Mar-2021

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • 0000039 TREINTA Y NUEVE 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 9623-2020 [8 de marzo de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18
    • 0000040 CUARENTA Traídos los autos en relación, se verificó la vista de la causa, oyéndose la relación pública y los alegatos certificados por el Relator, quedando adoptado el acuerdo y la causa en estado de sentencia
    • 0000041 CUARENTA Y UNO previos en torno a requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, por lo que no resulta necesario reiterar en su integridad las argumentaciones que sirvieron para acoger la impugnación que la parte requirente efectúa al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
    • 0000042 CUARENTA Y DOS existencia contra los hechos dañosos de los sujetos que cometen ilícitos
    • 0000043 CUARENTA Y TRES equilibrio entre los derechos de los delincuentes, los derechos de las víctimas y el interés de la sociedad en la seguridad pública; NOVENO
    • 0000044 CUARENTA Y CUATRO impugnación formulada por la parte requirente al artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18
    • 0000045 CUARENTA Y CINCO que se formula respecto de una persona es un análisis personalísimo en que el sentenciador atiende al sujeto infractor y, desde esa base, conforme a la ley, decreta la pena adecuada al caso concreto teniendo como límite la culpabilidad
    • 0000046 CUARENTA Y SEIS el impedimento de acceso a las penas sustitutivas es constitucional según diversos criterios interpretativos: que éstas no operan automáticamente por el solo ejercicio de la ley; que la política criminal la fija el legislador dentro de los límites constitucionales; que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos establece límites para la política criminal pero no crea derechos a penas sustitutivas; que no existe en nuestro ordenamiento un derecho subjetivo de los condenados en un proceso penal a la aplicación de una pena sustitutiva; que no se puede impugnar la aplicación efectiva de las penas sin cuestionar la estructura punitiva de todo el sistema penal; y, que no se tiene, en la especie, un trato discriminatorio propiamente tal que vulnere la igualdad ante la ley
    • 0000047 CUARENTA Y SIETE que constituye la imputación, posibilitando que, en el análisis constitucional, la disposición en examen no sea desproporcionada ni cercene la igualdad ante la ley

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca