Auto 058/97
Referencia: Expediente T-118955
Accionantes: Jubilados de la Flota Mercante Gran Colombiana.
Magistrado Ponente:
Dr. ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO
Santa Fe de Bogotá D.C., diez (10) de diciembre de mil novecientos noventa y siete (1997).
La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Alejandro Martínez Caballero, Fabio Morón Díaz y Vladimiro Naranjo Mesa,
EN NOMBRE DEL PUEBLO
Y
POR MANDATO DE LA CONSTITUCION
Ha pronunciado el siguiente
AUTO
CONSIDERANDOS:
1. Los interesados en el fallo de la referencia indican que en la sentencia hubo en cambio de palabras o alteración de éstas, en algunos de las centenares de nombres de solicitantes. Indican:
ERRADO 1) GERMAN BANOL IBARRA 2) TOMAS ESTUPIÑAN MOSQUERA 3) CRISTODULO MICOLTA QUIÑONEZ 4) ANDRES MINOTTA SALAS 5) ALICIA SAAC SEGURA 6) HERNANDO CONVERSA 7) OLGA PEREZ DE MESA 8) MANUEL FARELO RODRIGUEZ 9) BEATRIZ HELENA SALAZAR DE KAYF 10) MIGUEL BERNARDO PAYERAS OLIVERA 11) JUSTINO VIRVIESCAS 12) LAUREANO PEDROZA Y. 13) EMILIO ESTUPIÑAN VASQUEZ 14) JOSE MARKIPOPO VASQUEZ 15) HUMBERTO PACHON MATHEUS 16) JANUANO ANTONIO ACUESTA ROJAS |
CORREGIDO 1) GERMAN BAÑOL IBARRA 2) TOMAS ESTUPIÑAN MURILLO 3) CRISTOBULO MICOLTA QUIÑONEZ 4) ANDRES MINOTAS SALAS 5) ALICIA SAA de SEGURA 6) HERNANDO CONVERS CASALANI 7) OLGA PEREZ DE MESSA 8) MANUEL FARELLO RODRIGUEZ 9) BEATRIZ HELENA SALAZAR DE KARF 10) MIGUEL BERNANDO PAYERAS OLIVER 11) JUSTINO VIVIESCAS 12) LAUREANO PEDROZA V. 13) HELIO EMILIO ESTUPIÑAN VASQUEZ 14) JOSE MARKI POPO VASQUEZ 15) ALBERTO PACHON MATHEUS 16) JANUARIO ANTONIO CUESTA ROJAS |
2. Luego aclararon que los señalados en los numerales 11 y 15, si habían quedado bien.
3. Igualmente se pone de presente que en la transcripción de la página 23 de la sentencia no quedó en el texto incluido el cuadro anunciado que resume unas enajenaciones y que corresponde a un cuadro aportado a raíz de la inspección judicial practicada. Se aclara que el expediente ya esta en el Tribunal de origen.
4. La Corte ha considerado que cuando se dan esta clase de omisiones e incorreciones de mecanografía en la transcripción dentro del texto de una sentencia es factible aplicar el artículo 310 del C. de P. C. y proceder a la correción.
En mérito de lo expuesto la Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional, administrando justicia en nombre del pueblo y por autoridad de la Constitución
RESUELVE:
Primero. Corregir el texto de la sentencia T- 339/97, en el sentido de aclarar que los nombres exactos son:
1) GERMAN BAÑOL IBARRA
2) TOMAS ESTUPIÑAN MURILLO
3) CRISTOBULO MICOLTA QUIÑONEZ
4) ANDRES MINOTAS SALAS
5) ALICIA SAA DE SEGURA
6) HERNANDO CONVERS CASALANI
7) OLGA PEREZ DE MESSA
8) MANUEL FARELLO RODRIGUEZ
9) BEATRIZ HELENA SALAZAR DE KARF
10) MIGUEL BERNANDO PAYERAS OLIVERA
11) LAUREANO PEDROZA V.
12) HELIO EMILIO ESTUPIÑAN VASQUEZ
13) JOSE MARKI POPO VASQUEZ
14) JANUARIO ANTONIO CUESTA ROJAS
en lugar de:
1) GERMAN BANOL IBARRA
2) TOMAS ESTUPIÑAN MOSQUERA
3) CRISTODULO MICOLTA QUIÑONEZ
4) ANDRES MINOTTA SALAS
5) ALICIA SAAC SEGURA
6) HERNANDO CONVERSA
7) OLGA PEREZ DE MESA
8) MANUEL FARELO RODRIGUEZ
9) BEATRIZ HELENA SALAZAR DE KAYF
10) MIGUEL BERNARDO PAYERAS OLIVERA
11) LAUREANO PEDROZA Y.
12) EMILIO ESTUPIÑAN VASQUEZ
13) JOSE MARKIPOPO VASQUEZ
14) JANUANO ANTONIO ACUESTA ROJAS, respectivamente.
Segundo. Se agregará como anexo al texto lo anunciado en la página 23 de la sentencia, para lo cual se solicita al Tribunal de primera instancia que se agregue en fotocopia el cuadro indicado y se pedirá fotocopia del mismo para agregarlo a las copias del fallo que están en la Corte Constitucional.
Envíese esta providencia al Tribunal que conoció en primera instancia, por Secretaría llévese personalmente y colabórase en la indicación del referido cuadro que figura dentro de la actuación practicada por la Corte Constitucional.
Notifíquese y cúmplase.
ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO
Magistrado
FABIO MORON DIAZ
Magistrado
VLADIMIRO NARANJO MESA
Magistrado
MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO
Secretaria General