Auto 016/97
Referencia: Expediente LAT-073
Revisión constitucional de la Ley 267 de 1995 "Por medio de la cual se aprueba el 'CONVENIO SOBRE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES ENTRE ESTADOS Y NACIONALES DE OTROS ESTADOS', hecho en Washington el 18 de marzo de 1965".
Magistrado Ponente:
Dr. EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ
Santa Fe de Bogotá, D.C., tres (3) de julio de mil novecientos noventa y siete (1997).
Aprobado por Acta Nº
La Sala Plena de la Corte Constitucional integrada por su Presidente Antonio Barrera Carbonell y por los Magistrados Jorge Arango Mejía, Eduardo Cifuentes Muñoz, Carlos Gaviria Díaz, José Gregorio Hernández Galindo, Hernando Herrera Vergara, Alejandro Martínez Caballero, Fabio Morón Díaz y Vladimiro Naranjo Mesa
CONSIDERANDO
1.- Que mediante sentencia C-442 de 1996 se revisó la Ley 267 de 1996, "Por medio de la cual se aprueba el 'CONVENIO SOBRE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES ENTRE ESTADOS Y NACIONALES DE OTROS ESTADOS', hecho en Washington el 18 de marzo de 1965"
2.- Que mediante oficio OJ.AT.26876, el Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores indicó a la Corte que en la mencionada sentencia se citó como año de la Ley 267 el de 1995.
3.- Que, como consta en el Diario Oficial N°42704, la Ley 267 fue publicada el día 30 de enero de 1996 y fue sancionada el día 29 de dicho año.
4.- Que revisada la sentencia C-442 de 1996 se aprecia que, tanto en la parte motiva como en la resolutiva, la Corte incurrió en un error al citar como año de la Ley 267, el año de 1995.
5.- Que el error en que incurrió la Corte no apareja nulidad alguna, toda vez que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194 de la Ley 5ª de 1992, “las leyes guardarán secuencia numérica indefinida y no por año”, lo que despeja toda duda sobre la identificación de la Ley 267.
RESUELVE
Primero.- Aclarar la Sentencia C-442 de 1996 en el sentido de que la Ley 267, "Por medio de la cual se aprueba el 'CONVENIO SOBRE ARREGLO DE DIFERENCIAS RELATIVAS A INVERSIONES ENTRE ESTADOS Y NACIONALES DE OTROS ESTADOS', hecho en Washington el 18 de marzo de 1965", fue sancionada y publicada en el año de 1996 y, en consecuencia, toda referencia a la Ley 267 de 1995 debe entenderse hecha a la Ley 267 de 1996.
Segundo.- El presente auto se publicará en la Gaceta de la Corte Constitucional, conjunto a la Sentencia C-442 de 1996.
Notifíquese, cópiese, comuníquese al Presidente de la República y al Presidente del Congreso, publíquese en la Gaceta de la Corte Constitucional y cúmplase.
ANTONIO BARRERA CARBONELL
Presidente
JORGE ARANGO MEJIA
Magistrado
EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ
Magistrado
CARLOS GAVIRIA DIAZ
Magistrado
JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDO
Magistrado
HERNANDO HERRERA VERGARA
Magistrado
ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO
Magistrado
FABIO MORON DIAZ
Magistrado
VLADIMIRO NARANJO MESA
Magistrado
MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO
Secretaria General