Auto 004/99
ACCION DE TUTELA-No admisión como impugnador o defensor
REVISION DE TUTELAS-Improcedencia de audiencia pública para el caso
Referencia: Expediente T-180.650
Demandante: Viviane Morales Hoyos
Demandada:
Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal.
Magistrado Sustanciador:
Dr. HERNANDO HERRERA VERGARA
Santafé de Bogotá D.C., veintinueve (29) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1.999).
Por la Secretaría General de esta Corporación, HAGASE saber al peticionario, señor Vicente Calvo Castillo, identificado con la C.C. No. 17. 029.389 de Bogotá, que no es procedente su solicitud para que se le admita como “impugnador o defensor”, en el proceso de la referencia, por cuanto, según el artículo 13 del Decreto 2591 de 1.991, sólo “quien tuviere un interés legítimo en el resultado del proceso podrá intervenir en él como coadyuvante del actor o de la persona o autoridad pública contra quien se hubiere hecho la solicitud.”.
Además, tampoco es procedente la petición de audiencia pública formulada, toda vez que constituye una potestad discrecional de esta Corporación.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
EDUARDO CIFUENTES MUÑOZ Magistrado |
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ANTONIO BARRERA CARBONELL Magistrado |
ALFREDO BELTRAN SIERRA Magistrado |
CARLOS GAVIRIA DIAZ Magistrado |
HERNANDO HERRERA VERGARA Magistrado |
ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO Magistrado |
FABIO MORON DIAZ Magistrado |
MARTHA VICTORIA SACHICA DE MONCALEANO Secretaria General |