Sentencia T-696/00
PROCESO DE LIQUIDACION FORZOSA-Intervención de entidades financieras
El legislador ha estructurado el proceso de liquidación forzosa para el evento en que las autoridades del Estado consideren oportuno intervenir entidades financieras. Este es un proceso concursal y universal que tiene por finalidad esencial la pronta realización de los activos y el pago gradual y rápido del pasivo externo a cargo de la respectiva entidad, preservando la igualdad entre los acreedores, sin perjuicio de las disposiciones legales que confieren privilegios de exclusión y preferencia a determinada clase de créditos.“La toma de posesión con fines liquidatorios, entonces, es un proceso de carácter concursal y universal, en el que los acreedores son llamados a hacerse parte demostrando su acreencia, a efectos de que la misma pueda ser cancelada a prorrata de los activos de la entidad. Dentro de este contexto, uno de los principios que rige este proceso, es el de la igualdad entre acreedores -par conditio creditorum-, según el cual cada acreedor tiene derecho a que se le pague el valor de su acreencia, en proporción a los activos existentes, sin que pueda preferenciarse a un acreedor sobre otro. La existencia de ese principio, entonces, no admite la aplicación de concesiones o de mecanismos que puedan redundar en beneficio de unos, y en desmedro de otros"
CONTRIBUCION PARAFISCAL-Alcance
INSTITUCION DE SEGURIDAD SOCIAL-Destinación de recursos
SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD-Recursos tienen carácter parafiscal/ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD-Recursos parafiscales no constituyen patrimonio
ACCION DE TUTELA-Restitución de dineros de entidades financieras por tratarse de recursos con carácter de contribuciones parafiscales
Referencia: expedientes acumulados:
T-267230, T-269203, T-281915, T-269185, T-281947, T-281961, T-269222, T-281953, T-270541, T-283665, T-275384, T-284263, T-276390, T-285293, T-278255, T-285497, T-279473, T-286609, T-279495, T-299736, T-279498, T-309250, T-280433, T-312413, T-281129.
Peticionarios
Seguro Social.
Lotería de Bogotá.
Fondo Financiero Distrital de Salud.
Liga Colombiana contra la Epilepsia -CAP- del Valle del Cauca.
CAJANAL, Fundación María Teresa Roldán de Vargas.
CONVIDA EPS.
Empresa Antioqueña de Energía S.A. EPS.
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF.
Departamento del Huila- Fondo Departamental de Salud.
Departamento de Bolívar -Secretaría de Salud.
Cooperativa en Salud Alcatraz Ltda.
Beneficencia de Cundinamarca.
Fondo Nacional de Ahorro.
Secretaría de Salud de Cundinamarca.
Construcciones Vicpar & CIA. S. en C.
Beneficencia de Antioquia.
Departamento de Cundinamarca "Fondo de Pensiones Públicas de Cundinamarca".
Municipio de Imués.
Magistrado Ponente:
Dr. ANTONIO BARRERA CARBONELL
Santafé de Bogotá, D.C., junio trece (13) de dos mil (2.000).
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Antonio Barrera Carbonell, Alfredo Beltrán Sierra y Eduardo Cifuentes Muñoz, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente
SENTENCIA
dentro del trámite de la revisión de los fallos adoptados dentro de los procesos de tutela instaurados así:
Demandante |
Demandado |
Demandante |
Demandado |
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Seguro Social |
Banco Andino Colombiano S.A., en liquidación y Banco del Pacífico S.A., en liquidación |
Seguro Social |
COOEMSAVAL, en liquidación |
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Fondo Financiero Distrital de Salud |
Banco del Pacífico, en liquidación |
ICBF |
Banco Andino, en liquidación |
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CAJANAL |
Banco del Pacífico, en liquidación |
Liga Colombiana contra la Epilepsia –CAP- del Valle. |
Fundación FES, en liquidación |
|
CONVIDA EPS. |
Banco del Pacífico, en liquidación |
Fundación María Teresa Roldán de Vargas |
Banco del Pacífico S.A., en liquidación |
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ICBF |
Banco del Pacífico, en liquidación |
Empresa Antioqueña de Energía S.A. EPS. |
Banco Selfín S.A., en liquidación |
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CAJANAL |
Banco Andino, en liquidación |
Departamento del Huila- Fondo Departamental de Salud |
Coficrédito, en liquidación |
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Departamento de Bolívar -Secretaría de Salud- |
Banco del Pacífico, en liquidación |
Cooperativa en Salud Alcatraz Ltda. |
Cooperativa Financiera Solidarios, en liquidación |
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Beneficencia de Cundinamarca |
Caja Financiera Cooperativa Credisocial, en liquidación |
Convida EPS |
Caja Popular Cooperativa, intervenida. |
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Beneficencia de Cundinamarca |
Financiera ARFIN, en liquidación |
Fondo Nacional de Ahorro |
Corfipacífico S.A., en liquidación |
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Secretaria de Salud de Cundinamarca |
Banco del Pacífico, en liquidación. |
Construcciones Vicpar & CIA S. en C. |
Banco Selfín, en liquidación |
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Beneficencia de Antioquia |
Banco Selfín S.A., en liquidación |
Departamento de Cundinamarca "Fondo de Pensiones Públicas de Cundinamarca" |
Caja Popular Cooperativa, intervenida |
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Beneficencia de Cundinamarca |
Cooperativa Credifenalco, en liquidación |
Municipio de Imués. |
Cofiandina, en liquidación |
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Lotería de Bogotá |
Banco Selfin S.A.. en liquidación |
I. ANTECEDENTES.
1. Hechos.
Los demandantes en las tutelas bajo estudio coincidieron en que las empresas donde invirtieron los dineros, ya sea en cuentas corrientes, de ahorro, de recaudado de impuestos parafiscales, en CDTs o en fondos, fueron intervenidas por las autoridades estatales para proceder a la respectiva liquidación, sufriendo por este hecho un enorme perjuicio, pues algunos dineros que se reclaman son producto de impuestos para ser invertidos en seguridad social y salud; anticipos para adelantar obras públicas; donaciones a fundaciones que desarrollan el principio de solidaridad; patrimonio de entidades territoriales que subsidian a estratos mas vulnerables, entre otros.
Para una mejor comprensión de cada expediente esta Sala decidió elaborar un cuadro estructurado en 8 columnas las cuales en su orden comprenden: número de expediente; demandante; demandado; la suma de dinero que se reclama a la correspondiente entidad financiera en liquidación; decisión de primera instancia; de segunda instancia y la determinación de la Corte Constitucional, así: