Auto 005/02
Referencia: Sentencia T-1241/01
Demandantes: Pedro Augusto Morales Granados, Zonia González Cristancho y otros
Demandados: Corporación Autónoma Regional y Secretaría de Gobierno de Bogotá D.C.
Magistrado Ponente:
Dr. MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
Bogotá, D.C., cinco (5) de febrero de dos mil dos (2002).
La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los Magistrados Manuel José Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño y Rodrigo Escobar Gil, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales
CONSIDERANDO
1. Que existió un error de carácter mecanográfico en el cuerpo de la sentencia de la referencia que no altera el fondo de la providencia.
2. Que tal error consiste en la errada transcripción del nombre de uno de los actores, Germán Carlos Agudelo Barrero, quien aparece en las páginas 9 (Cuadro resumen de las pruebas recibidas por el despacho), 27 (punto 5.10 de los considerandos de la sentencia), 32 (Ordinal décimo, parte resolutiva de la sentencia) y 37 (Cuadro resumen procesos acumulados car y Secretaría de Gobierno Distrital de Bogotá), con el nombre Germán Carlos Agudelo Barbero.
3. Que el nombre correcto del actor es Germán Carlos Agudelo Barrero y así debe aparecer en los apartes de las páginas 9 (Cuadro resumen de las pruebas recibidas por el despacho), 27 (punto 5.10 de los considerandos de la sentencia), 32 (Ordinal décimo, parte resolutiva de la sentencia) y 37 (Cuadro resumen procesos acumulados car y Secretaría de Gobierno Distrital de Bogotá), de la sentencia T-1241 de 2001.
4. Que los errores indicados, deben ser corregidos para que no existan textos incongruentes al interior del cuerpo de la sentencia.
5. Que esta Corporación ha señalado que cuando en la transcripción del texto de una sentencia se producen errores, es aplicable el artículo 310 del CPC a fin de proceder a la corrección[1].
En mérito de lo expuesto esta Sala de Revisión
RESUELVE
PRIMERO. CORREGIR el texto de las páginas las páginas 9 (Cuadro resumen de las pruebas recibidas por el despacho), 27 (punto 5.10 de los considerandos de la sentencia), 32 (Ordinal Décimo, parte resolutiva de la sentencia) y 37 (Cuadro resumen procesos acumulados car y Secretaría de Gobierno Distrital de Bogotá) de la Sentencia T-1241/01, y en consecuencia, donde dice: “Germán Carlos Agudelo Barbero”, debe decir “Germán Carlos Agudelo Barrero”
Notifíquese y Cúmplase
MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
Magistrado
JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO
Magistrado
RODRIGO ESCOBAR GIL
Magistrado
MARTHA VICTORIA SÁCHICA DE MONCALEANO
Secretaria General