Auto Constitucional A 105/11
Corte Constitucional de Colombia

Auto Constitucional A 105/11

Fecha: 25-May-2011

Auto 105/11

ACCION DE TUTELA CONTRA PATRIMONIO AUTONOMO DE REMANENTES DE TELECOM-Suspender cumplimiento de órdenes sin que implique prejuzgamiento o se anticipe sentido de sentencia definitiva, para evitar que pagos lleguen a ocasionar perjuicio irremediable al interés público según Auto A241/10

Referencia: expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados.

Acciones de tutela instauradas por Gladys Montes Montiel y otros contra Caprecom y otros (T- 2471216), Norma Díaz García y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2471346), Eugenio Hawkins y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2492726), Alfredo Chica Gutiérrez contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2500881), Rafael de Jesús Villar Gómez contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2501214), Martha Eugenia Ruiz González y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2531642), Vivian Portillo Hernández y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom, (T-2531654),  Nubia Marleny Bermúdez Franco y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2537041), y José Gabriel Padilla Castro y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2546795). (En anexo que acompaña el presente Auto figuran cada uno de los actores con su documento de identidad).

Magistrada Ponente:

MARÍA VICTORIA CALLE CORREA

Bogotá, D. C., veinticinco (25) de mayo de dos mil once (2011)

  La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, debe efectuar las consideraciones y tomar la determinación que a continuación se expresan.

CONSIDERACIONES

1. En las sesión del día 12 de mayo de 2010, la Sala Plena, con fundamento en el artículo 54A del Reglamento Interno de la Corte Constitucional, dispuso avocar el conocimiento de los expedientes T-2451880, T-2471216, T-2471345, T-2471346, T-2475114, T-2476358, T-2476359, T-2484301, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2507052, T-2531642, T-2531654, T-2537041, T-2537070, T-2537078, T-2546795, T-2564079, T-2566146, T-2579968, T-2581607, T-2587255, T-2587286 y T-2597351, así como su acumulación, con el objeto de ser fallados por la Sala Plena en una misma sentencia, cuya sustentación y ponencia fue encomendada a la Magistrada María Victoria Calle Correa.

2. Mediante Auto 241 del 14 de julio de 2010, la Sala Plena de esta Corporación decidió SUSPENDER de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el presente proceso, el cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias dictadas por:

1.     El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 22 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 01 de julio de 2009 (T-2451880).

2.     El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 24 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 02 de septiembre de 2009 (T-2471345).

3.     El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 30 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 09 de septiembre de 2009 (T-2476358).

4.     El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 28 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 01 de septiembre de 2009 (T-2476359).

5.     El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 05 de octubre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 01 de septiembre de 2009 (T-2484301).

6.     El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 28 de octubre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 08 de octubre de 2009 (T- 2507052).

7.     El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 27 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Momil, Córdoba, el 12 de noviembre de 2009 (T-2537070).

8.     El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 01 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 12 de noviembre de 2009 (T-2537078).

9.     El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 24 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 25 de noviembre de 2009 (T-2564079).

10.                        El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 28 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 30 de noviembre de 2009 (T-2566146).

11.                        El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 25 de enero de 2010, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 11 de diciembre de 2009 (T-2579968).

12.                        El Juzgado Civil del Circuito de Puerto Tejada, Cauca, el 16 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Civil Municipal de Puerto Tejada, Cauca, el 06 de noviembre de 2009 (T-2581607).

13.                        El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 05 de febrero de 2010, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Córdoba, departamento de Bolívar, el 17 de noviembre de 2009 (T-2587255).

14.                        El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 29 de enero de 2010, y por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 09 de noviembre de 2009 (T-2587286).

15.                        El Juzgado Primero Civil del Circuito de Montería, Córdoba, el 26 de enero de 2010 (T-2597351).

3. Los expedientes T-2471216, T-2471346,  T-2492726, T-2501214, T-2531654 y T-2537041 (fuero sindical), y  T-2500881, T-2531642 y T-2546795 (retén social), no fueron cobijados por la medida provisional contenida en el Auto 241 de 2010. En relación con los expedientes relativos a fuero sindical, porque en los mismos no reposaba copia de las sentencias de los procesos ordinarios laborales de levantamiento de fuero sindical, fallos que fueron solicitados por el Despacho al Patrimonio Autónomo de Remantes PAR, mediante Auto del 26 de noviembre de 2010. Respecto de los expedientes referentes a retén social, debido a la información parcial que reposa en los expedientes, se consideró necesario solicitar al PAR un listado de los trabajadores en el que se especificara los beneficiarios del mismo y en qué calidad (madres o padres cabeza de familia, discapacitados, prepensionados) y la fecha en que culminó su vinculación laboral con la extinta Telecom.

4. Por comunicación escrita del pasado 5 de mayo, el señor Procurador General de la Nación solicitó a esta Corporación que los efectos proferidos en el Auto 241 de 2010, sean extendidos a los expedientes T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642 y T-2546795, seleccionados y acumulados por la Corte, pero que no hacen parte de la medida provisional de suspensión de las sentencias proferidas por los jueces a los que correspondió el conocimiento de las tutelas específicamente señaladas en el auto. Tal solicitud la hace el señor Procurador General de la Nación con fundamento en que como consecuencia de los fallos proferidos en estos procesos, el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom debe reconocer el pago de una suma superior a los $46.527.287.559, situación que compromete seriamente el patrimonio público.

5. En los expedientes referidos en los numerales anteriores, los jueces de tutela dieron las siguientes órdenes:

Fuero sindical

1. (T-2471216) La Sala Penal Ad-Hoc del Tribunal Superior de Montería, Córdoba, en sentencia del 16 de julio de 2009, revocó el fallo proferido en primera instancia por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería, Córdoba, el cual negó la tutela por considerarla improcedente, y ordenó al PAR realizar el pago de salarios, prestaciones sociales y convencionales, y de aportes a la seguridad social dejados de percibir por el despido de los actores (Gladys Montes Montiel y otros), así como el incremento salarial surgido desde el 1° de febrero de 2006 y hasta cuando la sentencia de levantamiento de fuero sindical quede en firme.

2. (T-2471346) El Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagún, Córdoba, mediante sentencia del 24 de septiembre de 2009, revocó el fallo proferido por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Sahagún, Córdoba, mediante sentencia del 01 de septiembre de 2009, en la cual negó la tutela por improcedente, y en consecuencia, ordenó al PAR el pago de los salarios, prestaciones legales y convencionales, aportes a la seguridad social, e incrementos salariales dejados de percibir por los tutelantes (Norma Díaz García y otros) desde el 1 de febrero de 2006, hasta la fecha en que quede en firme la sentencia de levantamiento de fuero sindical.

3. (T-2492726) El Juzgado Promiscuo del Circuito de El Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 14 de octubre de 2009, confirmó el fallo proferido por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de El Carmen de Bolívar, el 10 de septiembre de 2009, en el cual se ordenó al PAR pagar a los tutelantes (Eugenio Hawkins y otros), los salarios y prestaciones sociales dejados de cancelar desde la ocurrencia del despido injusto y hasta cuando se cumpla con la obligación de autorización del despido.

4. (T-2501214) El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, confirmó en su totalidad, el 21 de octubre de 2009, el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, del 01 de octubre de 2009, el cual ordenó al PAR pagar los salarios y prestaciones dejadas de percibir por el tutelante (Rafael de Jesús Villar Gómez) desde el 31 de enero de 2006 y hasta el 20 de agosto de 2008, fecha del levantamiento del fuero sindical. Además, ordenó el pago de manera integral de los reajustes ordenados por ley, así como de los demás emolumentos dejados de percibir, todo lo anterior, a título de indemnización por la imposibilidad del reintegro.

5. (T-2531654) El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, en sentencia del 17 de noviembre de 2009, confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el cual, en providencia del 3 de noviembre de 2009 ordenó al PAR cancelar  lo adeudado a los peticionarios  (Vivian Portillo Hernández y otros), desde el momento del último pago hasta la fecha de sentencia, y hasta que se les levante el fuero sindical conforme el procedimiento de ley, de conformidad con las liquidaciones presentadas.

6. (T-2537041) El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, en sentencia del 30 de noviembre de 2009,  confirmó el fallo del Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, del 10 de noviembre de 2009, el cual ordenó al PAR cancelar lo adeudado conforme a las liquidaciones anexadas al cuerpo de la demanda por los peticionarios (Nubia Marleny Bermúdez Franco y otros), excepto en lo correspondiente a los señores Carlos Arturo Torres y Wilfredo Carvajal Vargas, quienes no acreditaron estar amparados por fuero sindical.

Retén social

1. (T-2500881) El Tribunal Administrativo del Atlántico, en sentencia del 26 de octubre de 2009, revocó la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Barranquilla, Atlántico, el cual, en sentencia del 13 de agosto de 2009 declaró la improcedencia de la acción, y ordenó al PAR cancelar a título de indemnización los salarios y prestaciones dejados de percibir por el actor (Alfredo Chica Gutiérrez) desde el 31 de enero de 2006 y hasta el 23 de julio de 2006, lapso que deberá incluirse en la contabilización de la relación laboral.

2. (T-2531642) En primera instancia el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pelayo, Córdoba, en sentencia del 10 de noviembre de 2009 ordenó al PAR reconocer, liquidar y pagar los salarios y demás prestaciones que por ley y convención colectiva dejaron de percibir los peticionarios  (Marta Eugenia Ruíz  González y otros), en su calidad de padres/madres cabeza de familia, desde la fecha de desvinculación, en el mes de julio de 2003 y hasta que efectivamente desaparezca el PAR. Además, repararlos integralmente, lo cual incluye el pago de los reajustes de ley, al igual que cualquier otro emolumento dejado de percibir, lo anterior, a título de indemnización ante la imposibilidad de lograr un reintegro a las actividades laborales.

      En segunda instancia el Juzgado Promiscuo del Circuito de Familia de Cereté, Córdoba, en sentencia del 21 de diciembre de 2009, revocó parcialmente el fallo de primera instancia, y condenó al PAR al pago de salarios y prestaciones desde la fecha de desvinculación  y hasta el 31 de enero de 2006. Además, revocó lo concerniente a los accionantes Martha Ruiz González y Fabián Vergara del Valle y en su lugar, les negó el amparo solicitado.

3. (T-2546795) El Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos, Sucre, en sentencia del 10 de diciembre de 2009, confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Marcos, Sucre, en sentencia del 18 de noviembre de 2009, y ordenó el pago de salarios y prestaciones sociales; reconocer, liquidar y pagar los salarios y demás prestaciones que por ley y convención colectiva dejaron de percibir los peticionarios (José Gabriel Padilla y otros) en su calidad de padres/madres cabeza da familia, desde el 1 de julio de 2003 hasta que efectivamente desaparezca el PAR, además de repararlos integralmente, lo cual incluye los reajustes establecidos por ley y el pago de  cualquier emolumento dejado de percibir, en la cuantía que resulte de la respectiva liquidación. Lo anterior a título de indemnización ante la imposibilidad del reintegro por la inexistencia física de la extinta TELECOM.

6. El Despacho, mediante autos del 26 de noviembre de 2010 y del 25 de abril de 2011 ha solicitado diversas pruebas relacionadas con los expedientes acumulados, las cuales han sido remitidas por el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom de manera parcial entre diciembre de 2010 y mayo de 2011 por medio de las siguientes comunicaciones: oficio PARDS 10 del 14 de diciembre de 2010, oficio 017000 del 15 de diciembre de 2010, oficio 017884-11 del 12 de enero de 2011, oficio 019076-10 del 7 de febrero de 2011, y oficio PARDS 023122 del 9 de mayo de 2011. La información ha sido enviada paulatinamente a esta Corporación, según el PAR, debido a la magnitud de la misma y a su ubicación en diferentes dependencias del PAR y en la empresa ALMARCHIVOS, encargada del manejo del archivo de la liquidada Telecom, situación que ha dificultado su consulta y remisión oportuna a la Corte Constitucional.

7. La Corte se encuentra realizando en esta etapa procesal, el análisis y valoración del material probatorio al que se ha hecho referencia.

8. A pesar de que el Ministerio Público no solicitó la extensión de la medida   cautelar a los expedientes T-2471216, T-2531654 y T-2537041 sobre fuero sindical, por tratarse de casos similares a los que se les aplican las consideraciones  precedentes, la medida provisional también se  extenderá a dichos expedientes.

9. Así las cosas, sin que implique de manera alguna prejuzgamiento o se anticipe el sentido de la sentencia definitiva, con el fin de evitar que los pagos ordenados a favor de los peticionarios, llegaren a ocasionar un perjuicio irremediable al interés público, de conformidad con lo expuesto en el Auto 241 de 2010, en la medida en que podrían carecer de fundamento fáctico y legal, y acogiendo la solicitud del Ministerio Público,

RESUELVE:

Primero.- SUSPENDER de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el presente proceso, el cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias dictadas por:

1. La Sala Penal Ad-Hoc del Tribunal Superior de Montería, Córdoba, el 16 de julio de 2009 (T-2471216. Fuero sindical).

2. El Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagún, Córdoba, el 24 de septiembre de 2009 (T-2471346. Fuero sindical).

3. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 14 de octubre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal del Carmen de Bolívar, el 10 de septiembre de 2009 (T-2492726. Fuero sindical).

4. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 21 de octubre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 01 de octubre de 2009 (T- 2501214. Fuero sindical).

5.  El Tribunal Administrativo del Atlántico, el 26 de octubre de 2009 (T-2500881. Retén social).

6.  El Juzgado Promiscuo del Circuito de Familia de Cereté, Córdoba, el 21 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pelayo, Córdoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2531642. Retén social).

7. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 17 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 03 de noviembre de 2009 (T-2531654. Fuero sindical).

8. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 30 de noviembre   de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2537041. Fuero Sindical).

9. El Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos, Sucre, el 10 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Marcos, Sucre, el 18 de noviembre de 2009 (T-2546795. Retén social).

Segundo.- ORDENAR con fundamento en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, que por la Secretaría General de esta Corporación se notifique por el medio más expedito posible el presente Auto al representante legal del Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (PAR), al señor Procurador General de la Nación, a los jueces de instancia de los casos de tutela bajo estudio y a los respectivos accionantes relacionados e identificados en el Anexo que acompaña al presente Auto. Asimismo, se ordena que copia de la parte resolutiva de esta decisión sea publicada en un medio de amplia difusión y circulación nacional.

Notifíquese, comuníquese y cúmplase.

JUAN CARLOS HENAO PEREZ

Presidente

MARIA VICTORIA CALLE CORREA

Magistrada

MAURICIO GONZALEZ CUERVO

Magistrado

GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO

Magistrado

JORGE IVAN PALACIO PALACIO

Magistrado

NILSON PINILLA PINILLA

Magistrado

JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB

Magistrado

HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

Magistrado

LUIS ERNESTO VARGAS SILVA

Magistrado

MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ

Secretaria General


ANEXO

LISTADO ACTORES

EXPEDIENTE T-2471216

ACTOR

C.C.

1

Araújo Ortega, Álvaro Enrique

78.016.497

2

Ayala Arrieta, Gustavo Alberto

79.260.950

3

Ballestas Mendoza, Remberto

15.018.591

4

Carmona Carazo, Ariel de Jesús

73.073.926

5

Castillo Salgado, Iván Manuel

15.037.490

6

Cordero Vega, Hugo Enrique

6.882.557

7

Corrales Benítez, Benjamín

3.957.534

8

Garrido Martínez, Naver Emelson

15.664.067

9

Gómez Solera, Ángel Ramón

11.059.619

10

Guerra Almario, Diógenes Antonio

78.673.880

11

López Millán, Carlos Eduardo

15.041.316

12

López Villegas, Rodrigo Antonio

15.047.633

13

Mejía Geovo, Nataly Victoria

25.871.920

14

Montes Montiel, Gladys María

34.971.243

15

Ortega Pineda, Luz Amparo

26.229.033

16

Oviedo Argel, Álvaro José

6.883.420

17

Puche Olivero, Lisipo Segundo

6.873.767

18

Tordecilla Tordecilla, Eduardo Santos

15.021.209

19

Téllez Rodas, Sergio Antonio

6.877.857

20

Zapata Suárez, Neftalí Carmelo

15.021.806

EXPEDIENTE T-2471346

ACTOR

C.C.

21

Aguirre López, Fernando

5.905.176

22

Arenas Moreno, Saaibi

79.554.239

23

Arias Gaviria, Clarivel

31.201.347

24

Arias Serna, Augusto

13.348.895

25

Bellón Pico, Armando

6.766.068

26

Cacabelo Candia, Freddy Habit

12.560.196

27

Cifuentes Yague, María Jesús

25.364.362

28

Córdoba Palacio, José Kenedy

11.794.496

29

Cruz Herazo, Andrés Felipe

98.394.079

30

Cuadros, José Luis

10.547.873

31

Díaz Claros, Fredy Arnul

16.610.554

32

Díaz García, Norma Constanza

65.728.485

33

Garcés Guauña, Carlos Alonso

10.546.282

34

Hinestroza Moreno, Clímaco Antonio

11.788.140

35

Hurtado Urbano, Eucardo Vinicio

4.640.926

36

Ipia Narváez, Gerardo Alirio

10.539.543

37

López Machado, Eberto

16.240.093

38

Moreno Ibarguen, Otilio

4.846.476

39

Osorio Ruíz, Carlos Mauricio

19.489.860

40

Pabón Rodríguez, Zulmary

34.554.749

41

Posso Bedoya, Álvaro Eugenio

6.355.902

42

Rentería Gamboa, Judith del Carmen

26.258.458

43

Reyes Asprilla, Oney Aly

4.846.327

44

Vargas Céspedes, Haidy Danith

52.217.176

45

Vélez Parra, Carlos Emilio

79.533.152

EXPEDIENTE T-2492726

ACTOR

C.C.

46

Barón Martínez, Nelson

12.987.146

47

Boiga Lemus, Antonio

15.243.152

48

Cruz Arenas, Pedro Eliseo

13.892.312

49

Flórez Salazar, Luis Hernando

87.550.058

50

Gambín Petro, Humberto Manuel

6.869.595

51

Goyes Navarro, Álvaro Javier

12.974.401

52

Gracia de la Rosa, Wilmer Emilio

12.552.664

53

Guerrero Chamorro, Segundo Esperidión

19.290.435

54

Hawkins, Manuel Eugenio

15.242.219

55

Méndez Fernández, Hernán

9.074.661

56

Montenegro Rojas, Polivio Alberto

5.285.767

57

Morales Macías, José Félix

18.124.380

58

Muñoz Pérez, Balmes Alberto

12.972.300

59

O'Neill, Manuel Jennet

51.798.633

60

Orduz Suárez, Arturo

13.640.490

61

Pereira Villar, Edinson Enrique

73.126.108

62

Ramírez Sánchez, Mauricio

19.487.881

63

Ruano Ruano, Segundo Servio Antonio

12.969.522

64

Tapia Guerrero, Fabio Aníbal

12.986.211

EXPEDIENTE T-2500881

ACTOR

C.C.

65

Chica Gutiérrez, Alfredo

73.089.109

EXPEDIENTE T-2501214

ACTOR

C.C.

66

Villar Gómez, Rafael de Jesús

12.553.937

EXPEDIENTE T-2531642

ACTOR

C.C.

67

Benítez Álvarez, Reinaldo Tulio

92.509.342

68

Blanco Pertuz, Narciso

8.335.341

69

Cáceres Hernández, Giovanni Pompilio

5.747.816

70

Chaverra Murillo, Alberto

11.795.370

71

Cueto Castillo, Gabriel Ángel

79.474.039

72

Daza Velaides, Juan Manuel

77.026.641

73

Fragozo Díaz, Edgar Ceferino

84.032.176

74

Gañan Parra, Olga Ruth

22.005.697

75

Gómez Freja, Jhon Jairo

78.706.997

76

Gutiérrez Díaz, Hernán

16.475.786

77

Ibern Cotes, Raúl Eduardo

8.706.067

78

Lopera Giraldo, Gustavo Adolfo

98.491.238

79

Menco Canchilla, Alba Stella

23.062.774

80

Méndez Díaz, Rafael Antonio

19.188.368

81

Mendoza Yépez, Emilse de Jesús

64.505.017

82

Narváez Vergara, Roberto Carlos

18.855.222

83

Olivella Gómez, Carlos Alberto

77.017.802

84

Peña Armenta, José Eduardo

77.031.787

85

Pineda Román, Rita Rosa

23.063.197

86

Ramírez Hurtado, Yanib

82.383.518

87

Ramos Palacios, Henry Samir

11.796.842

88

Rosado Toncel, Silena de Jesús

36.559.045

89

Ruiz González, Martha Eugenia 

40.371.298

90

Salgado Mora, Omar Elías

78.706.988

91

Santofimio Tinoco, Alberto

12.123.903

92

Solórzano Cárdenas, Carlos Alberto

92.528.627

93

Vasco Vélez, Diego Alberto

71.594.599

94

Vásquez Polanco, Flor María

32.674.057

95

Venté Saavedra, Cecilio

82.382.010

96

Vergara del Valle, Fabián Ricardo

92.499.704

EXPEDIENTE T-2531654

ACTOR

C.C.

97

Bayona Chona, Uriel de Jesús

13.364.379

98

Correa Pacheco, Glenda Patricia

50.893.286

99

Duque Marchena, Luis Armando

71.619.122

100

González Gómez, Eliana Karina

50.959.173

101

Marchena Mendoza, Bertha Inés

34.938.454

103

Portillo Hernández, Vivian del Carmen

32.683.031

104

Torrente Pupo, Carlos Mario

71.666.200

105

Vanegas  Buelvas, Néstor José

78.701.739

EXPEDIENTE T-2537041

ACTOR

C.C.

106

Acevedo Echeverry, Diego

7.550.064

107

Ángel López, Gustavo Alberto

9.779.991

108

Bermúdez Franco, Nubia Marleny

24.037.634

109

Cantor Sierra, Juan Carlos

18.930.113

110

Cardona Granada, Julio César

18.392.438

111

Carreño Velandia, Beatriz Alexandra

60.258.617

112

Carrillo Suárez, Luz Marina

60.255.010

113

Carvajal Vargas, Wilfredo

19.296.197

114

Cifuentes Pimiento, César Humberto

6.009.433

115

Colorado León, Albeiro

18.388.423

116

Correa Arango ,Clara Stella

36.177.861

117

Domínguez Téllez, Jorge Hernán

18.388.371

118

Flórez Guzmán, Jhon Jaiver

7.547.470

119

García Franco, Néstor Augusto

18.390.361

120

González López, Henry

12.118.738

121

Gutiérrez Galindo, Rubén Darío

18.392.775

122

Gutiérrez Torres, Gregorio Gonzalo

84.032.497

123

Jaramillo Gutiérrez, Maritza

33.819.406

124

Mejía Alvarado, Luis Carlos

4.951.973

125

Monje Alarcón, Jesús Humberto

7.686.874

126

Moya Córdoba Edgar

12.108.293

127

Muñoz Bermúdez, Carlos Julio

18.338.391

128

Núñez Romero, Álvaro

91.421.853

129

Ortiz Penagos, Aymer

7.529.316

130

Palacio Salazar, Jorge Hernán

7.537.721

131

Patarroyo Puentes, Jesús María

12.115.660

132

Rubio Benjumea, Yolanda

41.901.179

133

Sandino Macías, Jorge Enrique

19.105.952

134

Silva Hernández, José Rafael

13.351.728

135

Taborda Vargas, Adriana María

41.906.241

136

Torres, Carlos Arturo

13.349.773

137

Valencia Marín, Efraín

9.776.936

138

Vargas Pérez, Gerardo

12.133.396

EXPEDIENTE T-2546795

ACTOR

C.C.

139

Alfonso Alfonso, Jaime Ernesto

79.108.691

140

Almanza, Jorge Luis

92.499.580

141

Almario López, Amalfi de Jesús

30.651.407

142

Álvarez Bello, Santiago Alberto

6.887.296

143

Álvarez Díaz, Carlos Segundo

78.695.132

144

Álvarez Gallego, María Eugenia

43.498.119

145

Anaya Álvarez, Juan Carlos

92.499.850

146

Ángel Vitola, Leyla Carmen

50.893.902

147

Araújo Mendoza, Rosa Sofía

36.550.120

148

Ariza Blanco, Luis Alberto

12.553.203

149

Baena López, Tomás

78.869.875

150

Ballesteros Garcés, Efraín

82.330.211

151

Cadrazco Blanquicet, Santander de Jesús

6.875.185

152

Camacho Carrascal, Carlos Efrén

18.967.466

153

Ceballos González, Gloria Edilma

21.675.806

154

Coneo Álvarez, Guillermo José

11.794.043

155

Cuan Camargo, Silky

40.919.550

156

Daza Daza, Wilson José

17.995.001

157

Demoya Petro, Diana Patricia

50.908.670

158

Duarte Espitia, Deisy Stella

26.013.345

159

Espinosa Guzmán, Antonio Javier

6.887.018

160

García González, Liber Antonio

79.354.848

161

García Londoño, Myriam

39.555.021

162

García Paternina, Anastacio

70.521.075

163

García Pineda, Lenines Emiliano

18.855.269

164

Germán Padilla, Neida Rosa

25.871.339

165

González Polo, Denis del Carmén

34.993.837

166

Guerra Montes de Oca, Adelfa María del Rosario

23.063.265

167

Hoyos Pérez, Álvaro

78.687.994

168

López Segura, Cristobal Enrique

17.849.573

169

Luna Ceballos, Luz Marina

23.197.976

170

Luna Villalba, Herme Antonio

6.889.044

171

Martínez García, Vitelio José

9.267.864

172

Meisel Fernández, Margarita Rosa

32.639.005

173

Montaño Flores, Ramón Arturo

8.729.689

174

Moreno Garcés, Jairo

4.851.500

175

Olave Pico, Marlon Gustavo

6.887.179

176

Olmos Romero, María Bernarda

23.011.621

177

Otero Zuleta, Erasmo

9.074.779

178

Pacheco Caballero, Dorismel

12.617.642

179

Padilla Castro, José Gabriel

9.268.885

180

Petro Pérez, Arturo Manuel

6.884.540

181

Puente Gómez Casseres, Oswaldo  Manuel

2.760.972

182

Sierra Pinedo, Enriqueta Susana

34.970.246

183

Tabares García, María Patricia

39.436.927

184

Tirado Arabia, Aniano Manuel

78.293.708

185

Torres Herazo, Jairo Alfonso

92.225.859

186

Tous Torrens, Eduviges Elena

23.062.789

187

Urueta Ortiz, Ales Adalberto

11.085.499

188

Yepes Ortega, Rafael Francisco

92.508.986

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