Auto 105/11
ACCION DE TUTELA CONTRA PATRIMONIO AUTONOMO DE REMANENTES DE TELECOM-Suspender cumplimiento de órdenes sin que implique prejuzgamiento o se anticipe sentido de sentencia definitiva, para evitar que pagos lleguen a ocasionar perjuicio irremediable al interés público según Auto A241/10
Referencia: expedientes T-2471226, T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642, T-2531654, T-2537041 y T-2546795 acumulados.
Acciones de tutela instauradas por Gladys Montes Montiel y otros contra Caprecom y otros (T- 2471216), Norma Díaz García y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2471346), Eugenio Hawkins y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2492726), Alfredo Chica Gutiérrez contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2500881), Rafael de Jesús Villar Gómez contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2501214), Martha Eugenia Ruiz González y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2531642), Vivian Portillo Hernández y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom, (T-2531654), Nubia Marleny Bermúdez Franco y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2537041), y José Gabriel Padilla Castro y otros contra el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (T-2546795). (En anexo que acompaña el presente Auto figuran cada uno de los actores con su documento de identidad).
Magistrada Ponente:
MARÍA VICTORIA CALLE CORREA
Bogotá, D. C., veinticinco (25) de mayo de dos mil once (2011)
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, debe efectuar las consideraciones y tomar la determinación que a continuación se expresan.
CONSIDERACIONES
1. En las sesión del día 12 de mayo de 2010, la Sala Plena, con fundamento en el artículo 54A del Reglamento Interno de la Corte Constitucional, dispuso avocar el conocimiento de los expedientes T-2451880, T-2471216, T-2471345, T-2471346, T-2475114, T-2476358, T-2476359, T-2484301, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2507052, T-2531642, T-2531654, T-2537041, T-2537070, T-2537078, T-2546795, T-2564079, T-2566146, T-2579968, T-2581607, T-2587255, T-2587286 y T-2597351, así como su acumulación, con el objeto de ser fallados por la Sala Plena en una misma sentencia, cuya sustentación y ponencia fue encomendada a la Magistrada María Victoria Calle Correa.
2. Mediante Auto 241 del 14 de julio de 2010, la Sala Plena de esta Corporación decidió SUSPENDER de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el presente proceso, el cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias dictadas por:
1. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 22 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 01 de julio de 2009 (T-2451880).
2. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 24 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 02 de septiembre de 2009 (T-2471345).
3. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 30 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 09 de septiembre de 2009 (T-2476358).
4. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Ayapel, Córdoba, el 28 de septiembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Ayapel, Córdoba, el 01 de septiembre de 2009 (T-2476359).
5. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 05 de octubre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 01 de septiembre de 2009 (T-2484301).
6. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 28 de octubre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 08 de octubre de 2009 (T- 2507052).
7. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 27 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Momil, Córdoba, el 12 de noviembre de 2009 (T-2537070).
8. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 01 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 12 de noviembre de 2009 (T-2537078).
9. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 24 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 25 de noviembre de 2009 (T-2564079).
10. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 28 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 30 de noviembre de 2009 (T-2566146).
11. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 25 de enero de 2010, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Lorica, Córdoba, el 11 de diciembre de 2009 (T-2579968).
12. El Juzgado Civil del Circuito de Puerto Tejada, Cauca, el 16 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Civil Municipal de Puerto Tejada, Cauca, el 06 de noviembre de 2009 (T-2581607).
13. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 05 de febrero de 2010, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Córdoba, departamento de Bolívar, el 17 de noviembre de 2009 (T-2587255).
14. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 29 de enero de 2010, y por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 09 de noviembre de 2009 (T-2587286).
15. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Montería, Córdoba, el 26 de enero de 2010 (T-2597351).
3. Los expedientes T-2471216, T-2471346, T-2492726, T-2501214, T-2531654 y T-2537041 (fuero sindical), y T-2500881, T-2531642 y T-2546795 (retén social), no fueron cobijados por la medida provisional contenida en el Auto 241 de 2010. En relación con los expedientes relativos a fuero sindical, porque en los mismos no reposaba copia de las sentencias de los procesos ordinarios laborales de levantamiento de fuero sindical, fallos que fueron solicitados por el Despacho al Patrimonio Autónomo de Remantes PAR, mediante Auto del 26 de noviembre de 2010. Respecto de los expedientes referentes a retén social, debido a la información parcial que reposa en los expedientes, se consideró necesario solicitar al PAR un listado de los trabajadores en el que se especificara los beneficiarios del mismo y en qué calidad (madres o padres cabeza de familia, discapacitados, prepensionados) y la fecha en que culminó su vinculación laboral con la extinta Telecom.
4. Por comunicación escrita del pasado 5 de mayo, el señor Procurador General de la Nación solicitó a esta Corporación que los efectos proferidos en el Auto 241 de 2010, sean extendidos a los expedientes T-2471346, T-2492726, T-2500881, T-2501214, T-2531642 y T-2546795, seleccionados y acumulados por la Corte, pero que no hacen parte de la medida provisional de suspensión de las sentencias proferidas por los jueces a los que correspondió el conocimiento de las tutelas específicamente señaladas en el auto. Tal solicitud la hace el señor Procurador General de la Nación con fundamento en que como consecuencia de los fallos proferidos en estos procesos, el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom debe reconocer el pago de una suma superior a los $46.527.287.559, situación que compromete seriamente el patrimonio público.
5. En los expedientes referidos en los numerales anteriores, los jueces de tutela dieron las siguientes órdenes:
Fuero sindical
1. (T-2471216) La Sala Penal Ad-Hoc del Tribunal Superior de Montería, Córdoba, en sentencia del 16 de julio de 2009, revocó el fallo proferido en primera instancia por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Montería, Córdoba, el cual negó la tutela por considerarla improcedente, y ordenó al PAR realizar el pago de salarios, prestaciones sociales y convencionales, y de aportes a la seguridad social dejados de percibir por el despido de los actores (Gladys Montes Montiel y otros), así como el incremento salarial surgido desde el 1° de febrero de 2006 y hasta cuando la sentencia de levantamiento de fuero sindical quede en firme.
2. (T-2471346) El Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagún, Córdoba, mediante sentencia del 24 de septiembre de 2009, revocó el fallo proferido por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Sahagún, Córdoba, mediante sentencia del 01 de septiembre de 2009, en la cual negó la tutela por improcedente, y en consecuencia, ordenó al PAR el pago de los salarios, prestaciones legales y convencionales, aportes a la seguridad social, e incrementos salariales dejados de percibir por los tutelantes (Norma Díaz García y otros) desde el 1 de febrero de 2006, hasta la fecha en que quede en firme la sentencia de levantamiento de fuero sindical.
3. (T-2492726) El Juzgado Promiscuo del Circuito de El Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 14 de octubre de 2009, confirmó el fallo proferido por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de El Carmen de Bolívar, el 10 de septiembre de 2009, en el cual se ordenó al PAR pagar a los tutelantes (Eugenio Hawkins y otros), los salarios y prestaciones sociales dejados de cancelar desde la ocurrencia del despido injusto y hasta cuando se cumpla con la obligación de autorización del despido.
4. (T-2501214) El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, confirmó en su totalidad, el 21 de octubre de 2009, el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, del 01 de octubre de 2009, el cual ordenó al PAR pagar los salarios y prestaciones dejadas de percibir por el tutelante (Rafael de Jesús Villar Gómez) desde el 31 de enero de 2006 y hasta el 20 de agosto de 2008, fecha del levantamiento del fuero sindical. Además, ordenó el pago de manera integral de los reajustes ordenados por ley, así como de los demás emolumentos dejados de percibir, todo lo anterior, a título de indemnización por la imposibilidad del reintegro.
5. (T-2531654) El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, en sentencia del 17 de noviembre de 2009, confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el cual, en providencia del 3 de noviembre de 2009 ordenó al PAR cancelar lo adeudado a los peticionarios (Vivian Portillo Hernández y otros), desde el momento del último pago hasta la fecha de sentencia, y hasta que se les levante el fuero sindical conforme el procedimiento de ley, de conformidad con las liquidaciones presentadas.
6. (T-2537041) El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, en sentencia del 30 de noviembre de 2009, confirmó el fallo del Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, del 10 de noviembre de 2009, el cual ordenó al PAR cancelar lo adeudado conforme a las liquidaciones anexadas al cuerpo de la demanda por los peticionarios (Nubia Marleny Bermúdez Franco y otros), excepto en lo correspondiente a los señores Carlos Arturo Torres y Wilfredo Carvajal Vargas, quienes no acreditaron estar amparados por fuero sindical.
Retén social
1. (T-2500881) El Tribunal Administrativo del Atlántico, en sentencia del 26 de octubre de 2009, revocó la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito de Barranquilla, Atlántico, el cual, en sentencia del 13 de agosto de 2009 declaró la improcedencia de la acción, y ordenó al PAR cancelar a título de indemnización los salarios y prestaciones dejados de percibir por el actor (Alfredo Chica Gutiérrez) desde el 31 de enero de 2006 y hasta el 23 de julio de 2006, lapso que deberá incluirse en la contabilización de la relación laboral.
2. (T-2531642) En primera instancia el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pelayo, Córdoba, en sentencia del 10 de noviembre de 2009 ordenó al PAR reconocer, liquidar y pagar los salarios y demás prestaciones que por ley y convención colectiva dejaron de percibir los peticionarios (Marta Eugenia Ruíz González y otros), en su calidad de padres/madres cabeza de familia, desde la fecha de desvinculación, en el mes de julio de 2003 y hasta que efectivamente desaparezca el PAR. Además, repararlos integralmente, lo cual incluye el pago de los reajustes de ley, al igual que cualquier otro emolumento dejado de percibir, lo anterior, a título de indemnización ante la imposibilidad de lograr un reintegro a las actividades laborales.
En segunda instancia el Juzgado Promiscuo del Circuito de Familia de Cereté, Córdoba, en sentencia del 21 de diciembre de 2009, revocó parcialmente el fallo de primera instancia, y condenó al PAR al pago de salarios y prestaciones desde la fecha de desvinculación y hasta el 31 de enero de 2006. Además, revocó lo concerniente a los accionantes Martha Ruiz González y Fabián Vergara del Valle y en su lugar, les negó el amparo solicitado.
3. (T-2546795) El Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos, Sucre, en sentencia del 10 de diciembre de 2009, confirmó el fallo de primera instancia del Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Marcos, Sucre, en sentencia del 18 de noviembre de 2009, y ordenó el pago de salarios y prestaciones sociales; reconocer, liquidar y pagar los salarios y demás prestaciones que por ley y convención colectiva dejaron de percibir los peticionarios (José Gabriel Padilla y otros) en su calidad de padres/madres cabeza da familia, desde el 1 de julio de 2003 hasta que efectivamente desaparezca el PAR, además de repararlos integralmente, lo cual incluye los reajustes establecidos por ley y el pago de cualquier emolumento dejado de percibir, en la cuantía que resulte de la respectiva liquidación. Lo anterior a título de indemnización ante la imposibilidad del reintegro por la inexistencia física de la extinta TELECOM.
6. El Despacho, mediante autos del 26 de noviembre de 2010 y del 25 de abril de 2011 ha solicitado diversas pruebas relacionadas con los expedientes acumulados, las cuales han sido remitidas por el Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom de manera parcial entre diciembre de 2010 y mayo de 2011 por medio de las siguientes comunicaciones: oficio PARDS 10 del 14 de diciembre de 2010, oficio 017000 del 15 de diciembre de 2010, oficio 017884-11 del 12 de enero de 2011, oficio 019076-10 del 7 de febrero de 2011, y oficio PARDS 023122 del 9 de mayo de 2011. La información ha sido enviada paulatinamente a esta Corporación, según el PAR, debido a la magnitud de la misma y a su ubicación en diferentes dependencias del PAR y en la empresa ALMARCHIVOS, encargada del manejo del archivo de la liquidada Telecom, situación que ha dificultado su consulta y remisión oportuna a la Corte Constitucional.
7. La Corte se encuentra realizando en esta etapa procesal, el análisis y valoración del material probatorio al que se ha hecho referencia.
8. A pesar de que el Ministerio Público no solicitó la extensión de la medida cautelar a los expedientes T-2471216, T-2531654 y T-2537041 sobre fuero sindical, por tratarse de casos similares a los que se les aplican las consideraciones precedentes, la medida provisional también se extenderá a dichos expedientes.
9. Así las cosas, sin que implique de manera alguna prejuzgamiento o se anticipe el sentido de la sentencia definitiva, con el fin de evitar que los pagos ordenados a favor de los peticionarios, llegaren a ocasionar un perjuicio irremediable al interés público, de conformidad con lo expuesto en el Auto 241 de 2010, en la medida en que podrían carecer de fundamento fáctico y legal, y acogiendo la solicitud del Ministerio Público,
RESUELVE:
Primero.- SUSPENDER de inmediato y hasta tanto la Sala Plena de la Corte Constitucional dicte sentencia en el presente proceso, el cumplimiento de las órdenes impartidas en las sentencias dictadas por:
1. La Sala Penal Ad-Hoc del Tribunal Superior de Montería, Córdoba, el 16 de julio de 2009 (T-2471216. Fuero sindical).
2. El Juzgado Promiscuo de Familia de Sahagún, Córdoba, el 24 de septiembre de 2009 (T-2471346. Fuero sindical).
3. El Juzgado Promiscuo del Circuito del Carmen de Bolívar, departamento de Bolívar, el 14 de octubre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal del Carmen de Bolívar, el 10 de septiembre de 2009 (T-2492726. Fuero sindical).
4. El Juzgado Promiscuo de Familia de Lorica, Córdoba, el 21 de octubre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Antero, Córdoba, el 01 de octubre de 2009 (T- 2501214. Fuero sindical).
5. El Tribunal Administrativo del Atlántico, el 26 de octubre de 2009 (T-2500881. Retén social).
6. El Juzgado Promiscuo del Circuito de Familia de Cereté, Córdoba, el 21 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pelayo, Córdoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2531642. Retén social).
7. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 17 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 03 de noviembre de 2009 (T-2531654. Fuero sindical).
8. El Juzgado Penal del Circuito de Lorica, Córdoba, el 30 de noviembre de 2009, y por el Juzgado Promiscuo Municipal de Moñitos, Córdoba, el 10 de noviembre de 2009 (T-2537041. Fuero Sindical).
9. El Juzgado Promiscuo del Circuito de San Marcos, Sucre, el 10 de diciembre de 2009, y por el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de San Marcos, Sucre, el 18 de noviembre de 2009 (T-2546795. Retén social).
Segundo.- ORDENAR con fundamento en el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991, que por la Secretaría General de esta Corporación se notifique por el medio más expedito posible el presente Auto al representante legal del Patrimonio Autónomo de Remanentes de Telecom (PAR), al señor Procurador General de la Nación, a los jueces de instancia de los casos de tutela bajo estudio y a los respectivos accionantes relacionados e identificados en el Anexo que acompaña al presente Auto. Asimismo, se ordena que copia de la parte resolutiva de esta decisión sea publicada en un medio de amplia difusión y circulación nacional.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
JUAN CARLOS HENAO PEREZ
Presidente
MARIA VICTORIA CALLE CORREA
Magistrada
MAURICIO GONZALEZ CUERVO
Magistrado
GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
Magistrado
JORGE IVAN PALACIO PALACIO
Magistrado
NILSON PINILLA PINILLA
Magistrado
JORGE IGNACIO PRETELT CHALJUB
Magistrado
HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO
Magistrado
LUIS ERNESTO VARGAS SILVA
Magistrado
MARTHA VICTORIA SACHICA MENDEZ
Secretaria General
ANEXO
LISTADO ACTORES
EXPEDIENTE T-2471216 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
1 |
Araújo Ortega, Álvaro Enrique |
78.016.497 |
2 |
Ayala Arrieta, Gustavo Alberto |
79.260.950 |
3 |
Ballestas Mendoza, Remberto |
15.018.591 |
4 |
Carmona Carazo, Ariel de Jesús |
73.073.926 |
5 |
Castillo Salgado, Iván Manuel |
15.037.490 |
6 |
Cordero Vega, Hugo Enrique |
6.882.557 |
7 |
Corrales Benítez, Benjamín |
3.957.534 |
8 |
Garrido Martínez, Naver Emelson |
15.664.067 |
9 |
Gómez Solera, Ángel Ramón |
11.059.619 |
10 |
Guerra Almario, Diógenes Antonio |
78.673.880 |
11 |
López Millán, Carlos Eduardo |
15.041.316 |
12 |
López Villegas, Rodrigo Antonio |
15.047.633 |
13 |
Mejía Geovo, Nataly Victoria |
25.871.920 |
14 |
Montes Montiel, Gladys María |
34.971.243 |
15 |
Ortega Pineda, Luz Amparo |
26.229.033 |
16 |
Oviedo Argel, Álvaro José |
6.883.420 |
17 |
Puche Olivero, Lisipo Segundo |
6.873.767 |
18 |
Tordecilla Tordecilla, Eduardo Santos |
15.021.209 |
19 |
Téllez Rodas, Sergio Antonio |
6.877.857 |
20 |
Zapata Suárez, Neftalí Carmelo |
15.021.806 |
EXPEDIENTE T-2471346 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
21 |
Aguirre López, Fernando |
5.905.176 |
22 |
Arenas Moreno, Saaibi |
79.554.239 |
23 |
Arias Gaviria, Clarivel |
31.201.347 |
24 |
Arias Serna, Augusto |
13.348.895 |
25 |
Bellón Pico, Armando |
6.766.068 |
26 |
Cacabelo Candia, Freddy Habit |
12.560.196 |
27 |
Cifuentes Yague, María Jesús |
25.364.362 |
28 |
Córdoba Palacio, José Kenedy |
11.794.496 |
29 |
Cruz Herazo, Andrés Felipe |
98.394.079 |
30 |
Cuadros, José Luis |
10.547.873 |
31 |
Díaz Claros, Fredy Arnul |
16.610.554 |
32 |
Díaz García, Norma Constanza |
65.728.485 |
33 |
Garcés Guauña, Carlos Alonso |
10.546.282 |
34 |
Hinestroza Moreno, Clímaco Antonio |
11.788.140 |
35 |
Hurtado Urbano, Eucardo Vinicio |
4.640.926 |
36 |
Ipia Narváez, Gerardo Alirio |
10.539.543 |
37 |
López Machado, Eberto |
16.240.093 |
38 |
Moreno Ibarguen, Otilio |
4.846.476 |
39 |
Osorio Ruíz, Carlos Mauricio |
19.489.860 |
40 |
Pabón Rodríguez, Zulmary |
34.554.749 |
41 |
Posso Bedoya, Álvaro Eugenio |
6.355.902 |
42 |
Rentería Gamboa, Judith del Carmen |
26.258.458 |
43 |
Reyes Asprilla, Oney Aly |
4.846.327 |
44 |
Vargas Céspedes, Haidy Danith |
52.217.176 |
45 |
Vélez Parra, Carlos Emilio |
79.533.152 |
EXPEDIENTE T-2492726 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
46 |
Barón Martínez, Nelson |
12.987.146 |
47 |
Boiga Lemus, Antonio |
15.243.152 |
48 |
Cruz Arenas, Pedro Eliseo |
13.892.312 |
49 |
Flórez Salazar, Luis Hernando |
87.550.058 |
50 |
Gambín Petro, Humberto Manuel |
6.869.595 |
51 |
Goyes Navarro, Álvaro Javier |
12.974.401 |
52 |
Gracia de la Rosa, Wilmer Emilio |
12.552.664 |
53 |
Guerrero Chamorro, Segundo Esperidión |
19.290.435 |
54 |
Hawkins, Manuel Eugenio |
15.242.219 |
55 |
Méndez Fernández, Hernán |
9.074.661 |
56 |
Montenegro Rojas, Polivio Alberto |
5.285.767 |
57 |
Morales Macías, José Félix |
18.124.380 |
58 |
Muñoz Pérez, Balmes Alberto |
12.972.300 |
59 |
O'Neill, Manuel Jennet |
51.798.633 |
60 |
Orduz Suárez, Arturo |
13.640.490 |
61 |
Pereira Villar, Edinson Enrique |
73.126.108 |
62 |
Ramírez Sánchez, Mauricio |
19.487.881 |
63 |
Ruano Ruano, Segundo Servio Antonio |
12.969.522 |
64 |
Tapia Guerrero, Fabio Aníbal |
12.986.211 |
EXPEDIENTE T-2500881 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
65 |
Chica Gutiérrez, Alfredo |
73.089.109 |
EXPEDIENTE T-2501214 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
66 |
Villar Gómez, Rafael de Jesús |
12.553.937 |
EXPEDIENTE T-2531642 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
67 |
Benítez Álvarez, Reinaldo Tulio |
92.509.342 |
68 |
Blanco Pertuz, Narciso |
8.335.341 |
69 |
Cáceres Hernández, Giovanni Pompilio |
5.747.816 |
70 |
Chaverra Murillo, Alberto |
11.795.370 |
71 |
Cueto Castillo, Gabriel Ángel |
79.474.039 |
72 |
Daza Velaides, Juan Manuel |
77.026.641 |
73 |
Fragozo Díaz, Edgar Ceferino |
84.032.176 |
74 |
Gañan Parra, Olga Ruth |
22.005.697 |
75 |
Gómez Freja, Jhon Jairo |
78.706.997 |
76 |
Gutiérrez Díaz, Hernán |
16.475.786 |
77 |
Ibern Cotes, Raúl Eduardo |
8.706.067 |
78 |
Lopera Giraldo, Gustavo Adolfo |
98.491.238 |
79 |
Menco Canchilla, Alba Stella |
23.062.774 |
80 |
Méndez Díaz, Rafael Antonio |
19.188.368 |
81 |
Mendoza Yépez, Emilse de Jesús |
64.505.017 |
82 |
Narváez Vergara, Roberto Carlos |
18.855.222 |
83 |
Olivella Gómez, Carlos Alberto |
77.017.802 |
84 |
Peña Armenta, José Eduardo |
77.031.787 |
85 |
Pineda Román, Rita Rosa |
23.063.197 |
86 |
Ramírez Hurtado, Yanib |
82.383.518 |
87 |
Ramos Palacios, Henry Samir |
11.796.842 |
88 |
Rosado Toncel, Silena de Jesús |
36.559.045 |
89 |
Ruiz González, Martha Eugenia |
40.371.298 |
90 |
Salgado Mora, Omar Elías |
78.706.988 |
91 |
Santofimio Tinoco, Alberto |
12.123.903 |
92 |
Solórzano Cárdenas, Carlos Alberto |
92.528.627 |
93 |
Vasco Vélez, Diego Alberto |
71.594.599 |
94 |
Vásquez Polanco, Flor María |
32.674.057 |
95 |
Venté Saavedra, Cecilio |
82.382.010 |
96 |
Vergara del Valle, Fabián Ricardo |
92.499.704 |
EXPEDIENTE T-2531654 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
97 |
Bayona Chona, Uriel de Jesús |
13.364.379 |
98 |
Correa Pacheco, Glenda Patricia |
50.893.286 |
99 |
Duque Marchena, Luis Armando |
71.619.122 |
100 |
González Gómez, Eliana Karina |
50.959.173 |
101 |
Marchena Mendoza, Bertha Inés |
34.938.454 |
103 |
Portillo Hernández, Vivian del Carmen |
32.683.031 |
104 |
Torrente Pupo, Carlos Mario |
71.666.200 |
105 |
Vanegas Buelvas, Néstor José |
78.701.739 |
EXPEDIENTE T-2537041 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
106 |
Acevedo Echeverry, Diego |
7.550.064 |
107 |
Ángel López, Gustavo Alberto |
9.779.991 |
108 |
Bermúdez Franco, Nubia Marleny |
24.037.634 |
109 |
Cantor Sierra, Juan Carlos |
18.930.113 |
110 |
Cardona Granada, Julio César |
18.392.438 |
111 |
Carreño Velandia, Beatriz Alexandra |
60.258.617 |
112 |
Carrillo Suárez, Luz Marina |
60.255.010 |
113 |
Carvajal Vargas, Wilfredo |
19.296.197 |
114 |
Cifuentes Pimiento, César Humberto |
6.009.433 |
115 |
Colorado León, Albeiro |
18.388.423 |
116 |
Correa Arango ,Clara Stella |
36.177.861 |
117 |
Domínguez Téllez, Jorge Hernán |
18.388.371 |
118 |
Flórez Guzmán, Jhon Jaiver |
7.547.470 |
119 |
García Franco, Néstor Augusto |
18.390.361 |
120 |
González López, Henry |
12.118.738 |
121 |
Gutiérrez Galindo, Rubén Darío |
18.392.775 |
122 |
Gutiérrez Torres, Gregorio Gonzalo |
84.032.497 |
123 |
Jaramillo Gutiérrez, Maritza |
33.819.406 |
124 |
Mejía Alvarado, Luis Carlos |
4.951.973 |
125 |
Monje Alarcón, Jesús Humberto |
7.686.874 |
126 |
Moya Córdoba Edgar |
12.108.293 |
127 |
Muñoz Bermúdez, Carlos Julio |
18.338.391 |
128 |
Núñez Romero, Álvaro |
91.421.853 |
129 |
Ortiz Penagos, Aymer |
7.529.316 |
130 |
Palacio Salazar, Jorge Hernán |
7.537.721 |
131 |
Patarroyo Puentes, Jesús María |
12.115.660 |
132 |
Rubio Benjumea, Yolanda |
41.901.179 |
133 |
Sandino Macías, Jorge Enrique |
19.105.952 |
134 |
Silva Hernández, José Rafael |
13.351.728 |
135 |
Taborda Vargas, Adriana María |
41.906.241 |
136 |
Torres, Carlos Arturo |
13.349.773 |
137 |
Valencia Marín, Efraín |
9.776.936 |
138 |
Vargas Pérez, Gerardo |
12.133.396 |
EXPEDIENTE T-2546795 |
||
ACTOR |
C.C. |
|
139 |
Alfonso Alfonso, Jaime Ernesto |
79.108.691 |
140 |
Almanza, Jorge Luis |
92.499.580 |
141 |
Almario López, Amalfi de Jesús |
30.651.407 |
142 |
Álvarez Bello, Santiago Alberto |
6.887.296 |
143 |
Álvarez Díaz, Carlos Segundo |
78.695.132 |
144 |
Álvarez Gallego, María Eugenia |
43.498.119 |
145 |
Anaya Álvarez, Juan Carlos |
92.499.850 |
146 |
Ángel Vitola, Leyla Carmen |
50.893.902 |
147 |
Araújo Mendoza, Rosa Sofía |
36.550.120 |
148 |
Ariza Blanco, Luis Alberto |
12.553.203 |
149 |
Baena López, Tomás |
78.869.875 |
150 |
Ballesteros Garcés, Efraín |
82.330.211 |
151 |
Cadrazco Blanquicet, Santander de Jesús |
6.875.185 |
152 |
Camacho Carrascal, Carlos Efrén |
18.967.466 |
153 |
Ceballos González, Gloria Edilma |
21.675.806 |
154 |
Coneo Álvarez, Guillermo José |
11.794.043 |
155 |
Cuan Camargo, Silky |
40.919.550 |
156 |
Daza Daza, Wilson José |
17.995.001 |
157 |
Demoya Petro, Diana Patricia |
50.908.670 |
158 |
Duarte Espitia, Deisy Stella |
26.013.345 |
159 |
Espinosa Guzmán, Antonio Javier |
6.887.018 |
160 |
García González, Liber Antonio |
79.354.848 |
161 |
García Londoño, Myriam |
39.555.021 |
162 |
García Paternina, Anastacio |
70.521.075 |
163 |
García Pineda, Lenines Emiliano |
18.855.269 |
164 |
Germán Padilla, Neida Rosa |
25.871.339 |
165 |
González Polo, Denis del Carmén |
34.993.837 |
166 |
Guerra Montes de Oca, Adelfa María del Rosario |
23.063.265 |
167 |
Hoyos Pérez, Álvaro |
78.687.994 |
168 |
López Segura, Cristobal Enrique |
17.849.573 |
169 |
Luna Ceballos, Luz Marina |
23.197.976 |
170 |
Luna Villalba, Herme Antonio |
6.889.044 |
171 |
Martínez García, Vitelio José |
9.267.864 |
172 |
Meisel Fernández, Margarita Rosa |
32.639.005 |
173 |
Montaño Flores, Ramón Arturo |
8.729.689 |
174 |
Moreno Garcés, Jairo |
4.851.500 |
175 |
Olave Pico, Marlon Gustavo |
6.887.179 |
176 |
Olmos Romero, María Bernarda |
23.011.621 |
177 |
Otero Zuleta, Erasmo |
9.074.779 |
178 |
Pacheco Caballero, Dorismel |
12.617.642 |
179 |
Padilla Castro, José Gabriel |
9.268.885 |
180 |
Petro Pérez, Arturo Manuel |
6.884.540 |
181 |
Puente Gómez Casseres, Oswaldo Manuel |
2.760.972 |
182 |
Sierra Pinedo, Enriqueta Susana |
34.970.246 |
183 |
Tabares García, María Patricia |
39.436.927 |
184 |
Tirado Arabia, Aniano Manuel |
78.293.708 |
185 |
Torres Herazo, Jairo Alfonso |
92.225.859 |
186 |
Tous Torrens, Eduviges Elena |
23.062.789 |
187 |
Urueta Ortiz, Ales Adalberto |
11.085.499 |
188 |
Yepes Ortega, Rafael Francisco |
92.508.986 |