Auto Constitucional A 633/19
Corte Constitucional de Colombia

Auto Constitucional A 633/19

Fecha: 05-Dic-2019

I. ANTECEDENTES Y ACTOS PROCESALES

1. El señor Mateo Zapata Delgado, actuando como apoderado judicial de ECOPETROL S.A., formuló acción de tutela contra la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja, en procura de obtener la protección de su derecho fundamental de petición, el cual considera vulnerado por la accionada, debido a su negativa de responder una solicitud que presentó el 15 de julio de 2019, mediante la cual pretendía obtener copia de unos documentos que ordenan limitaciones sobre un vehículo de propiedad de la entidad que representa, el cual se encuentra matriculado en la Inspección accionada.

Valga aclarar que la dirección de notificaciones suministrada por el apoderado tanto en el escrito de tutela[1] como en la petición presentada ante la Inspección de Tránsito y Transporte de Barrancabermeja[2], corresponde a la ciudad de Medellín.

2. Repartido el asunto, su conocimiento fue asignado al Juzgado Cuarto Civil Municipal de Barrancabermeja. Dicho fallador, a través de auto de 8 de octubre de 2019, declaró su falta de competencia para conocer del asunto, en razón del factor territorial, por considerar que los efectos de la presunta vulneración se extienden a la ciudad de Medellín, pues en la petición y en la acción de tutela presentadas por ECOPETROL S.A. se indicó que la dirección de notificación correspondía a dicha localidad. Por consiguiente, ordenó remitir el expediente para su reparto entre los jueces municipales de Medellín.

3. Efectuado nuevamente el reparto, el expediente correspondió al Juzgado Veinticinco Civil Municipal de Oralidad de Medellín, el cual, por medio de auto de 16 de octubre de 2018, suscitó conflicto negativo de competencia y remitió el expediente a la Corte Constitucional.

Fundamentó tal decisión en que en la ciudad de Barrancabermeja es donde ocurre la vulneración del derecho de petición y el actor escogió a un juez de dicha localidad para presentar la acción de tutela.