Roj: AAN 10050/2021 - ECLI:ES:AN:2021:10050A
Id Cendoj: 28079230062021201217
Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso
Sede: Madrid
Sección: 6
Fecha: 29/12/2021
Nº de Recurso: 1715/2021
Nº de Resolución: 1515/2021
Procedimiento: Procedimiento ordinario
Ponente: RAMON CASTILLO BADAL
Tipo de Resolución: Auto
AUD.NACIONAL SALA C/A. SECCION 6
MADRID
AUTO: 01515/2021
- M
odelo: N01700
C/ GOYA N 14
Teléfono: 91 400 72 69/7302 03 Fax:
Correo electrónico:
Equipo/usuario: PSM
N.I.G: 28079 23 3 2021 0009754
Procedimiento: PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001715 /2021 /
De D./ña. Filomena
ABOGADO
PROCURADOR D./Dª. ROBERTO ALONSO VERDU
Contra D./Dª. MINISTERIO DE JUSTICIA
ABOGADO DEL ESTADO
AUTO
ILMO. SR. PRESIDENTE
BERTA SANTILLÁN PEDROSA
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS
FRANCISCO DE LA PEÑA ELIAS
RAMÓN CASTILLO BADAL
En MADRID, a veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.- Interpuesto Recurso Contencioso-administrativo por el Procurador D. ROBERTO ALONSO VERDÚ,, en nombre y representación de DOÑA Filomena , contra resolución presunta del MINISTERIO DE JUSTICIA, admitido a trámite. Por recibido escrito el procurador D. ROBERTO ALONSO VERDÚ, en desistimiento del procedimiento al haberse concedido la nacionalidad por satisfacción extraprocesal, aportando copia de consulta telemática de expedientes.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- Al haberse reconocido extraprocesalmente en vía administrativa las pretensiones del recurrente, sin infringir tal reconocimiento el ordenamiento jurídico procede, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 76.2 de la Ley Jurisdiccional, declarar terminado el presente procedimiento y ordenar su archivo. Vistos los preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
LA SALA, por y ante mí, la Letrado de la Administración de Justicia, siendo Ponente Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN CASTILLO BADAL,
ACUERDA:
- Declarar terminado el presente procedimiento por reconocimiento total en vía administrativa de las pretensiones de la parte recurrente, y se acuerda el archivo de las actuaciones, una vez conste la firmeza de la presente resolución, sin que haya lugar al pronunciamiento sobre costas.
- Unir certificación literal al recurso y el original al libro registro correspondiente.
MODO DE IMPUGNACIÓN:
Recurso de reposición en el plazo de CINCO DÍAS desde la notificación, que deberá ser interpuesto ante este mismo Órgano Judicial. Para la interposición de dicho recurso de reposición deberá constituirse un depósito de 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Órgano Judicial, abierta en la Entidad Bancaria BANCO SANTANDER, Sucursal cuenta número 2862, debiendo indicar en el campo concepto "recurso" seguida del Código "-- Contencioso- Reposición" e indicando en los siguientes dígitos número y año de procedimiento. Así lo acuerdan, mandan y firman los Ilmos./Ilmas. Sres./Sras. al margen citados; doy fe.