Sección Primera. Auto 1/2020, de 20 de enero de 2020. Recurso de amparo 6998-2019. Acepta una abstención en el recurso de 6998-2019, promovido por doña Julia María Alcaraz Agüera en proceso militar.
Excms. Srs. don Juan José González Rivas y don Alfredo Montoya Melgar.
I. Antecedentes
Único. En el recurso de amparo núm. 6998-2019 se impugna la sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo recaída en recurso de casación núm. 22-2019 contra la dictada por el Tribunal Militar Central en el procedimiento 42 de mayo de 2016.
Mediante escrito fechado el 21de enero de 2020 el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón comunicó a los efectos oportunos que se abstenía de intervenir en el antes indicado recurso de amparo, de conformidad con el art. 80 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), por concurrir la causa de abstención prevista en el artículo 219.15 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
II. Fundamentos jurídicos
Único. Vista la comunicación efectuada por don Cándido Conde-Pumpido Tourón, magistrado de esta Sección Primera del Tribunal Constitucional, la Sección, en virtud de lo previsto en el art. 219.15 LOPJ, supletoria del art. 80 LOTC, estima justificada la causa de abstención formulada.
Por lo expuesto, la Sección
ACUERDA
Estimar justificada la abstención formulada por el Magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón en el recurso de amparo núm. 6998-2019, apartándole definitivamente del conocimiento del referido recurso y de todas sus incidencias.
Madrid, a veinte de enero de dos mil veinte.