Asunto C‑572/17
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑572/17

Fecha: 02-May-2001

Asunto C572/17

Procedimiento penal

contra

Imran Syed

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Högsta domstolen)

«Procedimiento prejudicial— Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor— Directiva 2001/29/CE— Artículo 4, apartado1— Derecho de distribución— Infracción— Mercancías destinadas a la venta que portan un motivo protegido por un derecho de autor— Almacenamiento con fines comerciales— Almacén separado del lugar de venta»

1.Aproximación de las legislaciones— Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor— Directiva 2001/29/CE— Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información— Distribución al público— Concepto— Oferta para la venta o publicidad de obras protegidas por derechos de autor que no llevan a la adquisición del original o de copias— Inclusión— Derecho del titular del derecho exclusivo de distribución a oponerse a tales prácticas

(Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art.4, ap.1)

2.Aproximación de las legislaciones— Derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor— Directiva 2001/29/CE— Armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información— Distribución al público— Concepto— Almacenamiento por un comerciante de mercancías destinadas a la venta en el territorio de un Estado miembro que portan un motivo protegido por un derecho de autor en ese territorio— Inclusión— Requisito— Oferta para la venta, en la tienda del comerciante, de mercancías idénticas sin autorización del titular del derecho de autor

(Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, art.4, ap.1)

1.Véase el texto de la resolución.

(véanse los apartados 21 a 25)

2.El artículo 4, apartado 1, de la Directiva 2001/29 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, debe interpretarse en el sentido de que el almacenamiento por un comerciante de mercancías que portan un motivo protegido por un derecho de autor en el territorio del Estado miembro de almacenamiento puede constituir una infracción del derecho exclusivo de distribución, tal como se define en esa disposición, cuando dicho comerciante ofrece para la venta en una tienda sin autorización del titular de dicho derecho de autor mercancías idénticas a las que almacena, siempre que las mercancías almacenadas estén destinadas efectivamente a la venta en el territorio del Estado miembro en el que se encuentra protegido dicho motivo. La distancia existente entre el lugar de almacenamiento y el lugar de venta no puede constituir, por sí sola, un elemento decisivo para determinar si las mercancías almacenadas están destinadas a la venta en el territorio de ese Estado miembro.

(véanse el apartado 40 y el fallo)

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