Asunto C‑381/10
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Asunto C‑381/10

Fecha: 01-Abr-2004

Asunto C‑381/10

Astrid Preissl KEG

contra

Landeshauptmann von Wien

(Petición de decisión prejudicial planteada por el Unabhängiger VerwaltungssenatWien)

«Política industrial — Higiene de los productos alimenticios — Reglamento (CE) nº852/2004 — Instalación de un lavabo en los aseos de un establecimiento que comercializa productos alimenticios»

Sumario de la sentencia

Protección de la salud pública — Higiene de los productos alimenticios — Instalación de lavabos destinados a la limpieza de las manos en los aseos de un establecimiento que comercializa productos alimenticios

[Reglamento (CE) nº852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, anexoII, capítuloI, ap.4]

El anexoII, capítulo 1, apartado 4, del Reglamento nº852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios, debe interpretarse en el sentido de que esta disposición no implica que un lavabo en el sentido de la misma deba estar destinado exclusivamente a lavarse las manos ni que el grifo y el material de secado de manos deban poder utilizarse sin necesidad de contacto manual.

(véanse el apartado 31 y elfallo)

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