Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 26 de octubre de 2006 — Comisión/Italia
(Asunto C‑198/05)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 92/100/CEE — Derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual — Derecho de préstamo público — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
1.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado16)
2.Aproximación de las legislaciones — Derechos de autor y derechos afines — Derecho de alquiler y préstamo de obras protegidas — Directiva 92/100/CEE (Directiva 92/100/CEE del Consejo, arts.1 y5) (véanse el apartado 21 y elfallo)
Objeto
Incumplimiento de Estado — Infracción de los artículos 1 y 5 de la Directiva 92/100/CEE del Consejo, de 19 de noviembre de 1992, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual (DO L346, p.61) — Excepción al derecho exclusivo de préstamo público — Alcance. |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 1 y 5 de la Directiva 92/100/CEE del Consejo, de 19 de noviembre de 1992, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual, al haber eximido del derecho de préstamo público a todas las categorías de establecimientos de préstamo público en el sentido de la mencionada Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República Italiana. |