Auto del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 27 de abril de 2006 — L’Oréal/OAMI
(Asunto C‑235/05P)
«Recurso de casación — Marca comunitaria — Reglamento (CE) nº40/94 — Artículo 8, apartado 1, letrab) — Similitud entre dos marcas — Riesgo de confusión — Solicitud de marca comunitaria FLEXI AIR — Marca denominativa anterior FLEX — Denegación de registro»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria —Motivos de denegación relativos — Oposición del titular de una marca anterior idéntica o similar registrada para productos o servicios idénticos o similares [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.8, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 38 a47)
Objeto:
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 16 de marzo de 2005, L’Oréal/OAMI (T‑112/03), por la que se desestima por infundado un recurso de anulación interpuesto por el solicitante de la marca denominativa comunitaria «FLEXI AIR» en relación con productos incluidos en la clase 3, contra la resolución R0396/2001‑4 de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior, de 15 de enero de 2003, que desestima el recurso interpuesto contra la resolución de la División de Oposición que deniega el registro de dicha marca en el marco del procedimiento de oposición iniciado por el titular de las marcas denominativas nacionales «FLEX» para ciertos productos de las clases 3 y34. |
Fallo:
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a L’Oréal SA. |