Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 18 de enero de 2007 — Comisión/República Checa
(Asunto C‑204/06)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 78/686/CEE — Reconocimiento mutuo de diplomas, certificados y otros títulos — Odontólogos — Medidas destinadas a facilitar el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»
1.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado11)
2.Estados miembros — Obligaciones — Ejecución de las directivas — Incumplimiento — Justificación basada en el ordenamiento jurídico interno — Improcedencia (Art.226CE) (véase el apartado12)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adaptación, dentro del plazo previsto, del ordenamiento jurídico interno a la Directiva 78/686/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1978, sobre reconocimiento recíproco de los diplomas, certificados y otros títulos de odontólogo, que contiene además medidas destinadas a facilitar el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios (DO L233, p.1). |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Checa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 24 de la Directiva 78/686/CEE del Consejo, de 25 de julio de 1978, sobre reconocimiento recíproco de los diplomas, certificados y otros títulos de odontólogo, que contiene además medidas destinadas a facilitar el ejercicio efectivo del derecho de establecimiento y de libre prestación de servicios, al no adoptar todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República Checa. |