Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 17 de enero de 2007 — Diy-Mar Insaat Sanayi ve Ticaret y Akar/Comisión
(Asunto T‑129/06)
«Recurso de anulación — Requisitos esenciales de forma — Representación obligatoria de las personas físicas o jurídicas por un abogado facultado para ejercer ante un órgano jurisdiccional de un Estado miembro — Presentación extemporánea del recurso subsanado — Inadmisibilidad del recurso»
1.Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma (Estatuto del Tribunal de Justicia, arts.19, párrs.3 y 4, 21, párr.2, y 53, párr.1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, arts.43, ap.1, y 44, ap.3) (véanse los apartados 25 a30)
2.Procedimiento — Plazo para recurrir — Caducidad de la acción — Error excusable — Concepto (Estatuto del Tribunal de Justicia, art.21, párr.2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art.44, ap.6) (véanse los apartados 31 a44)
Objeto
Recurso destinado, por una parte, a la anulación de la Decisión MK/KS/DELTUR/(2005)/SecE/D/1614, de 23 de diciembre de 2005, relativa a un procedimiento de adjudicación de contratos relativos a la construcción de centros de enseñanza en las provincias de Siirt y Diyarbakir (EuropeAid/121601/C/W/TR) y, por otra parte, a la suspensión de la ejecución del procedimiento de que se trata. |
Fallo
1) |
| Declarar la inadmisibilidad del recurso. |
2) |
| Condenar a las demandantes Diy‑Mar Insaat Sanayi ve Ticaret y Musa Akar a cargar con sus propias costas y, solidariamente, con las costas de la Comisión. |