Auto del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 4 de octubre de 2007 – É. R. y otros/Consejo y Comisión
(Asunto C‑100/07P)
«Recurso de casación — Responsabilidad extracontractual de la Comunidad —“Encefalopatía espongiforme bovina” — No adopción de medidas adecuadas por el Consejo y por la Comisión para evitar la propagación de la enfermedad — Recurso de casación manifiestamente infundado»
1.Responsabilidad extracontractual — Requisitos (Art.288CE, párr.2; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.46) (véase el apartado27)
2.Recurso de casación — Motivos — Motivo formulado contra un fundamento de Derecho de la sentencia que no es necesario para justificar el fallo — Motivo inoperante (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58, párr.1) (véase el apartado40)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra la sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera) de 13 de diciembre de 2006, É. R. y otros/Consejo y Comisión (T‑138/83), mediante el cual el Tribunal de Primera Instancia declaró la inadmisibilidad parcial y desestimó por infundado en todo lo demás el recurso de los recurrentes que tenía por objeto una pretensión de indemnización con arreglo al artículo 235CE y al artículo 288CE, párrafo segundo, en la que se solicitaba reparación de los perjuicios sufridos a raíz de la contaminación y posterior fallecimiento de familiares que padecían una nueva variante de la enfermedad de Creutzfeld‑Jakob, aparentemente vinculada a la aparición y a la propagación en Europa de la encefalopatía espongiforme bovina, de la que consideraban culpables al Consejo y a la Comisión — Requisitos para que se genere la responsabilidad extracontractual de las Comunidades. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| R., O. O., J. R., A. R., B.P. R., T. D., J. D., D. D., V. D., D. E., É. E., C. R., H. R., M.S. R., I. R., B. R., M. R. yC.S. |