(Asunto C‑3/07
Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C‑3/07

Fecha: 08-Nov-2007





Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 8 de noviembre de 2007 — Comisión/Bélgica

(Asunto C‑3/07)

«Incumplimiento de Estado — Directiva 2003/110/CE — Asistencia en casos de tránsito — Medidas de repatriación o alejamiento por vía aérea — No adaptación del Derecho interno dentro del plazo señalado»

1.Recurso por incumplimiento — Objeto del litigio — Adaptación insuficiente del Derecho interno a falta de actividad legislativa (Art.226CE; Directiva 2003/110/CE del Consejo, art.5, ap.2) (véanse los apartados 6y7)

2.Actos de las instituciones — Directivas — Ejecución por los Estados miembros (Art.249CE, párr.3) (véase el apartado11)

3.Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado13)

Objeto

Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo señalado, de las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva 2003/110/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, sobre la asistencia en casos de tránsito a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea (DO L321, p.26).

Fallo

1)

Declarar que el Reino de Bélgica ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del la Directiva 2003/110/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, sobre la asistencia en casos de tránsito a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, las medidas legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva, con excepción de lo dispuesto en el artículo 5, apartado 2, de la misma.

2)

Desestimar el recurso por lo que respecta a la no adaptación del Derecho interno a lo dispuesto en el artículo 5, apartado 2, de la Directiva2003/110.

3)

Condenar en costas al Reino de Bélgica.

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