Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 15 de noviembre de 2007 — Enercon/OAMI (Conversor de energía eólica)
(Asunto T‑71/06)
«Marca comunitaria — Solicitud de marca comunitaria tridimensional en forma de fragmento de un conversor de energía eólica — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letrab), y apartado 3, del Reglamento (CE) nº40/94»
Marca comunitaria — Definición y adquisición de la marca comunitaria — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo [Reglamento (CE) nº40/94 del Consejo, art.7, ap.1, letrab)] (véanse los apartados 26y31)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI de 30 de noviembre de 2005 (asunto R179/2005‑2), por la que se denegó el registro de una marca tridimensional (fragmento de un conversor de energía eólica en forma de un balón de fútbol americano) como marca comunitaria. |
Datos relativos al asunto
Solicitante de la marca comunitaria: | Enercon GmbH |
Marca comunitaria solicitada: | Marca tridimensional en forma de un fragmento de un conversor de energía eólica para productos de la clase 7 — nº2.496.743 |
Resolución del examinador: | Denegación del registro |
Resolución de la Sala de Recurso: | Desestimación del recurso |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso. |
2) |
| Condenar en costas a EnercomGmbH. |