Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 1 de febrero de 2007 — Comisión/Portugal
(Asunto C‑324/06)
«Incumplimiento de Estado — Directiva 2004/116/CE — Inclusión de la levadura Candida guilliermondii en el anexo de la Directiva 82/471/CEE — No adopción de las medidas necesarias»
Recurso por incumplimiento — Examen de su fundamento por el Tribunal de Justicia — Situación que debe considerarse — Situación al expirar el plazo fijado por el dictamen motivado (Art.226CE) (véase el apartado13)
Objeto
Incumplimiento de Estado — No adopción, dentro del plazo fijado, de todas las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a la Directiva 2004/116/CE de la Comisión, de 23 de diciembre de 2004, por la que se modifica el anexo de la Directiva 82/471/CEE del Consejo en lo que respecta a la inclusión de | Candida guilliermondii | (DO L379, p.81). |
Fallo
1) |
| Declarar que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2004/116/CE de la Comisión, de 23 de diciembre de 2004, por la que se modifica el anexo de la Directiva 82/471/CEE del Consejo en lo que respecta a la inclusión de Candida guilliermondii, al no haber adoptado, dentro del plazo fijado, las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Directiva. |
2) |
| Condenar en costas a la República Portuguesa. |