Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Segunda) de 28 de marzo de 2007 — España/Comisión
(Asunto T‑220/04)
«FEOGA — Sección de Garantía — Gastos excluidos de la financiación comunitaria — Tomates y cítricos — Controles por muestreo — Fuerza mayor»
1.Agricultura — FEOGA — Concesión de ayudas y de primas — Obligación de los Estados miembros de organizar un sistema eficaz de control administrativo e in situ [Reglamento (CE) nº504/97 de la Comisión, art.15, ap.1] (véanse los apartados 81 a83)
2.Actos de las instituciones — Reglamentos — Reglamento que establece medidas específicas de control (véase el apartado89)
3.Agricultura — FEOGA — Liquidación de cuentas (véase el apartado102)
4.Derecho comunitario — Principios — Fuerza mayor (véase el apartado165)
5.Derecho comunitario — Principios — Fuerza mayor — Concepto (véanse los apartados 174 a 176 y178)
Objeto
Recurso de anulación parcial de la Decisión 2004/136/CE de la Comisión, de 4 de febrero de 2004, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) (DO L40, p.31). |
Fallo
1) |
| Anular la Decisión 2004/136/CE de la Comisión, de 4 de febrero de 2004, por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola, en la medida en que excluye de la financiación comunitaria un importe de 979.554,48euros, correspondiente a una corrección de la ayuda destinada a los productores andaluces de determinados cítricos, relativa a los ejercicios financieros 1998 a2001. |
2) |
| Desestimar el recurso en todo lo demás. |
3) |
| Cada parte cargará con sus propias costas. |