Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 3 de abril de 2007 — Vischim/Comisión
[Asunto C‑459/06P(R)]
«Recurso de casación — Procedimiento sobre medidas provisionales — Demanda de suspensión de la ejecución — Directiva 91/414/CEE — Nueva demanda de medidas provisionales — Hechos nuevos — Urgencia — Inexistencia»
1.Procedimiento sobre medidas provisionales — Suspensión de la ejecución — Medidas provisionales — Requisitos para su concesión — Fumus boni iuris — Urgencia — Perjuicio grave e irreparable — Carácter acumulativo — Ponderación de los intereses en conflicto (Arts.242CE y 243CE; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art.83, ap.2; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art.109) (véase el apartado23)
2.Recurso de casación — Motivos — Apreciación errónea de los hechos — Inadmisibilidad — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de las pruebas — Exclusión salvo en caso de desnaturalización (Art.225CE; Estatuto del Tribunal de Justicia, art.58) (véanse los apartados 31 y32)
Objeto
Recurso de casación interpuesto contra el auto del Presidente del Tribunal de Primera Instancia de 13 de octubre de 2006, Vischim/Comisión (T‑420/05RII), por el que el Tribunal de Primera Instancia desestimó una segunda demanda de suspensión de la ejecución en el marco de un recurso que tiene por objeto la anulación parcial de la Directiva 2005/53/CE de la Comisión, de 16 de septiembre de 2005, por la que se modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo a fin de incluir las sustancias activas clorotalonil, clorotoluron, cipermetrina, daminozida y tiofanato-metil (DO L241, p.51) — Hechos nuevos que no permiten invalidar las apreciaciones que han determinado la desestimación de la primera demanda. |
Fallo
1) |
| Desestimar el recurso de casación. |
2) |
| Condenar en costas a VischimSrl. |